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  • Carlos Eduardo González

viernes, 16 de junio de 2017

Según el Tribunal, para ordenar el bloqueo de la aplicación, el Ministerio utilizó argumentos similares a los que, en su momento, presentó este gremio, por lo tanto, se decidió sumar los alegatos presentados por la cartera de Transporte a las actuaciones, que desde 2015, ha adelantado el magistrado Óscar Armando Dimaté en este caso.

Entre los argumentos presentados por ambos demandantes se encuentra que “la plataforma digital hace uso del bien público, utiliza el espectro radioeléctrico para su funcionamiento y, por tanto, requiere de permisos”. Sin embargo, en su momento, Daniel Quintero, viceministro de las TIC, le dijo a este medio que “se dice que Uber está utilizando el espectro de forma irregular y hay que recordar que esta es una aplicación, un software, y los software no usan el espectro” y agregó que “las aplicaciones no son legales ni ilegales y hay que respetar el principio de neutralidad de internet”.

En el documento emitido por el Tribunal, se lee que se “considera que las pretensiones de las dos demandas se encuentran dirigidas a lograr la adopción de medidas tendientes e impedir la utilización de la plataforma o aplicación y su consecuente bloqueo en el territorio nacional”, por tanto, todo lo que había hasta el momento en esta demanda se anula y seguirá un solo acto de estudio, por orden de la magistrada Claudia Elizabeth Lozzi.

Cabe resaltar que en abril se hundió un proyecto de Ley, de iniciativa ciudadana, en el Congreso que buscaba regular este tipo de servicios en el país.

La opinión

Santiago Roldán
Experto en tecnología
“Uber no va a verse afectado, por lo menos al largo plazo, por las medidas que tomen los gobiernos frente al bloqueo de la aplicación. Empezando, porque tiene inversionistas fuertes en el campo tecnológico”.

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