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Analistas 22/01/2022

La supremacía del mercado bursátil

Juan Pablo Liévano Vegalara
Exsuperintendente de Sociedades

El momento por el que pasa el mercado de valores colombiano es increíblemente interesante. Es reconfortante ver a la institucionalidad bursátil funcionar conforme a sus reglas. Finalmente, la OPA sobre Nutresa terminó con una adjudicación de 27,6% de las acciones y la de Sura de 25,25%, lo cual implicará un pago total de aproximadamente $7,6 billones a los inversionistas que optaron por acogerse a los términos de las ofertas. Adicionalmente, no satisfechos con los resultados, los oferentes decidieron realizar segundas OPA sobre las dos especies.

En el caso de Nutresa, buscan adquirir hasta 22,8% adicional de las acciones, lo que implicaría alcanzar una participación total de 50,4%. Para Sura, buscan hasta un 6,25% adicional, para llegar a una participación total de 31,5%. Esto implicaría tomar el control de Nutresa y una participación directa e indirecta de 44,51% en Sura.

La realización de las OPA no deja de estar ausente de críticas y de argumentos económicos y jurídicos en contra, como su bajo precio con relación a la supuesta mayor valoración fundamental de las especies, la necesidad de proteger el capital y el empresariado nacional y el incumplimiento de requisitos previos ante las autoridades, tales como el de las integraciones empresariales y la validación de idoneidad de los adquirentes cuando así lo exige la ley.

Lo relevante, sin perjuicio de que las autoridades se pronuncien sobre los asuntos jurídicos de su competencia, es la supremacía del mercado de valores para la maximización del valor de las especies en beneficio de los inversionistas, el buen funcionamiento del mismo en beneficio de las propias empresas y, al final del día, la generación de empleo y bienestar para todos los colombianos. Por ello, establecer requisitos previos, o pretender que se informe a algunos supuestos interesados, antes de que se comunique la oferta al mercado, iría en contra de su supremacía y propósito de maximización de valor, perjudicando a los inversionistas, la institucionalidad bursátil y al país.

Al respecto, existen diferentes acercamientos a estos fenómenos. Con relación a las concentraciones empresariales, en varias jurisdicciones se realiza un proceso de control previo ante la autoridad competente, confidencial si así lo decide la misma, y que no suspende la realización de la operación. Lo anterior, en sintonía con el interés de avanzar en la transacción y mantener la confidencialidad para no alterar sus bases y posibles resultados.

En otras jurisdicciones, a propósito de la idoneidad, se exige solamente la revelación de la información del adquirente con una lista de chequeo. Así, se facilita la transacción en beneficio del mercado y los inversionistas.

En síntesis, poner requisitos previos a estas operaciones no es conveniente, pues las desincentiva en perjuicio del mercado, las empresas y el país. De todas formas, si se quiere proteger otros bienes jurídicos, el trámite y autorización debería ser realizado en una sola actuación administrativa y ante la misma autoridad. Lo cierto es que la realización y éxito de todas las OPA de Nutresa y Sura dejan en alto a nuestras instituciones, en especial nuestra institucionalidad bursátil y entes supervisores que han cumplido cabalmente con sus obligaciones constitucionales y legales.

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