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Analistas 30/04/2013

Galimatías latinoamericanos

Eric Tremolada
Dr. En Derecho Internacional y relaciones Int.
La República Más
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Argentina, Brasil, Uruguay y Venezuela celebraron que los comicios para elegir presidente en Paraguay observaran la plena vigencia del Estado de derecho y todas las garantías constitucionales, encaminando a esta república hacia su reincorporación al Mercosur. Sin embargo, pese a este expreso reconocimiento y a la verificación del restablecimiento del orden democrático, no se ha levantado la suspensión de la República del Paraguay en el Mercosur, ignorando la previsión del artículo séptimo del Protocolo de Ushuaia -tratado que sirvió para decretar la sanción-, que establece que “deberá tener lugar tan pronto ese restablecimiento se haga efectivo”.

 
En otras palabras, Argentina, Brasil y Uruguay, que adoptaron la suspensión, reconocen que ya no hay razón para esta, pero no deciden levantar la sanción, como si quedaran tareas pendientes por verificar. Acaso porque condicionan el restablecimiento democrático a la trasmisión de mando, para ganar tiempo y encontrar una salida jurídica que permita la convivencia de Paraguay y Venezuela en la organización interestatal, sin que el primero haya ratificado la adhesión del segundo, aunque este último ejerza como socio de pleno derecho gracias a la sanción del primero. El galimatías de esta frase es intencionado para resaltar la confusión de las ideas y conceptos de los estados que sancionaron al Paraguay con una suspensión, y se aprovecharon de esta, para que Venezuela superara el escollo pendiente del consentimiento paraguayo.
 
Estos lenguajes oscuros y contradictorios en los últimos tiempos son una constante en nuestras latitudes. Por citar otro ejemplo, el 9 de enero de 2013, el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela pospuso la ceremonia de toma de posesión del presidente Hugo Chávez para un nuevo período en el gobierno, con dos argumentos: que la ausencia en el país del Presidente fue autorizada por decisión unánime de la Asamblea, por razones de salud, y dicha ausencia no podía catalogarse como temporal o como ausencia absoluta de poder, toda vez que no se daban las causales taxativas para uno u otro evento. Adicionalmente, explicaba que no era necesaria una toma de posesión para un presidente reelecto en virtud de no existir interrupción en el ejercicio del cargo. 
 
Así, la embrollada sentencia de enero fue más allá de la intención del poder constituyente del 99, olvidando, entre otras cosas, los lapsos precisos de los períodos presidenciales, y sirvió de fundamento para que antes de los funerales de Chávez, el vicepresidente dejara esa función y asumiera como presidente con “todas las atribuciones constitucionales y legales como Jefe del Estado, Jefe de Gobierno y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana”. De esta manera se le cerró el paso a Cabello, toda vez que la falta absoluta por muerte se produce en los tres primeros años de su mandato constitucional y solo podía ser suplida por el vicepresidente, de conformidad con el artículo 233 de la Constitución Bolivariana.
 
Hoy gobierno y oposición en Venezuela siguen enmarañando la democracia. Uno aprovechó todos los poderes del Estado en una meteórica campaña y el otro se resiste a reconocer unos resultados de un Consejo Nacional Electoral que no generó dudas en ninguno de los procesos anteriores, incluido el de la escogencia de Capriles como candidato de la oposición. Mientras el expresidente Carter en más de una ocasión lo calificó de impecable. 

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