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La Ley del Plan Nacional de Desarrollo (PND), sancionada por el Presidente Iván Duque en Valledupar, le dedicó un acápite especial al salvamento de Electricaribe. Además de asumir por parte de la Nación el pasivo pensional, calculado en la suma de $1,2 billones, se tomarán medidas al amparo del PND en procura de inyectarle recursos al Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos, convirtiéndolo en una especie de Fogafín para el salvamento de las empresas prestadoras de servicios públicos en estado crítico, entre ellas una sobretasa de $4 por KWH hasta el 31 de diciembre de 2022, que deberán pagar los estratos 4, 5 y 6. Por esta vía se recaudarían $180.000 millones anuales, aproximadamente.
Se estableció, también, una contribución adicional de 1%, que deberán pagar las empresas vigiladas como suplemento a la contribución que vienen pagando en virtud del artículo 85 de la Ley 142 de 1994. Adicionalmente, se flexibiliza la norma regulatoria que limita a 25% de dominio del mercado de distribución o comercialización por parte de las empresas operadoras, elevando dicho porcentaje hasta 35%, lo cual no deja de ser riesgoso. Precisamente en la Ley 143 de 1994, la Ley Eléctrica, para evitar abusos de posición dominante en el mercado eléctrico se estableció la restricción que ahora se remueve y también se determinó la prohibición de la integración vertical, que también se deja ahora sin efecto. Están por determinarse las consecuencias que se pueden derivar de esta decisión que se tomó en volandas sin reparar en ellas.
La propuesta más atrevida y por ello la que muy seguramente va a despertar mayor rechazo es la que plantea autorizar “al Gobierno Nacional para establecer un régimen transitorio especial en materia tarifaria para Electrificadora del Caribe S. A E.S.P o las empresas derivadas…que se constituyan en el marco del proceso de toma de posesión de esta sociedad para las regiones en las que se preste el servicio público. Este régimen regulatorio especial deberá establecer que la variación en las tarifas para esta región sea al menos igual a la variación porcentual de tarifas del promedio nacional”.
Dicho de otra manera, como lo dice el artículo 289 del PND “con el fin de asegurar la prestación eficiente y sostenible del servicio público de distribución y comercialización de electricidad en la Costa Caribe” se vendrán alzas en las tarifas, para nivelarlas, pero por lo alto, con las del resto del país. Ya lo había dicho la FDN, “para generar un escenario viable se requiere, entre otras cosas, ajustes en tarifas que reconozcan el nivel de inversiones proyectadas, la situación actual de la empresa y aportes del Gobierno”. ¡Dicho y hecho!
Y, de contera, preocupa sobremanera que este cambio planteado en la estructura tarifaria para el cual se está facultando al Gobierno Nacional, quien expedirá “un régimen regulatorio especial” exclusivo para Electricaribe, podría llegar a debilitar la defensa del Estado en su querella con Gas Natural Fenosa, hoy Naturgy, ante el Tribunal de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Uncitral). Ello podría, en cambio, fortalecer a la contraparte, puesto que entre sus alegatos ha aducido que el esquema tarifario vigente al momento de la intervención por parte de la Superintendencia tornaba inviable la operación. Al introducir estos cambios en la regulación “con el fin de asegurar la prestación eficiente y sostenible del servicio público de distribución y comercialización de electricidad en la Costa Caribe” se le estaría dando la razón.
Por ello será que en el parágrafo del artículo 289 del proyecto de PND se advierte que “ninguna actuación por parte de la Nación, la SSPD y el Fondo Empresarial desplegada para el cumplimiento del objeto de este capítulo podrá interpretarse como reconocimiento de su responsabilidad por la situación de Electrificadora del Caribe, ni como una renuncia a obtener cualquier indemnización frente a los responsables de los perjuicios causados”. ¿Será que esta salvedad nos libra de un resultado adverso en dicho Tribunal?
A todas esas, como bien se sabe, un pleito como el que está planteado en esta disputa entre Nación y Naturgy como se puede ganar se puede perder. Y en el caso hipotético de que se pierda, cabe preguntarse ¿qué va pasar con los recursos que se han invertido y los que se inviertan por parte del Estado a través del Fondo Empresarial?, así como con aquellos que se inviertan con cargo a los recursos del SGR, a lo que se le da vía libre en el PND.
De hecho, se tiene previsto invertir en Electricaribe en lo que resta de este año, según la superintendente de Servicios Públicos, Natasha Avendaño, la suma de $860.000 millones.
Quién le va a responder a los usuarios por los $216.000 millones de subsidios que le fueron girados por parte del Fondo de Solidaridad para Subsidios y Distribución del Ingreso a Electricaribe para aplicárselos a los usuarios y que, según investigación de la Contraloría General de la República, terminaron en sus alforjas. ¿Quién va a asumir la deuda contraída por Electricaribe con los bancos, con los generadores y con sus proveedores? Son todos interrogantes que inquietan. En todo caso, se dejó establecido en el Plan que “para viabilizar la sostenibilidad de las nuevas empresas prestadoras de servicio público” en la región Caribe, “la Nación será el único deudor frente a los acreedores de las deudas asumidas”, haciendo la salvedad que “sin que se predique solidaridad”.
Esta es una especie de cortafuego con el fin de poner a salvo al nuevo operador de red en la región. Pero, ¿será suficiente? No está de más recordar que las pretensiones de Naturgy en su litigio con la Nación rebasan los US$1.600 millones, ya que según ellos con la intervención de Electricaribe por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos se configuró una expropiación.