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  • Simón Granja

viernes, 17 de octubre de 2014

Mauricio Peña es un empresario propietario de varios locales nocturnos en Uruguay, y en marzo de este año anunció que iba a crear el primer canal de entretenimiento para adultos y lo lanzaría en agosto. El canal se emite por medio de paquetes de cable premium, las 24 horas, en toda Latinoamérica. Para tal motivo, solicitó el registro de la marca Divas Tv en la región. Por lo pronto, en Colombia no logró obtener el registro después que Universal City Studios se opusiera.

El 30 de octubre de 2013 el propietario del proyecto presentó la solicitud ante la Superintendencia de Industria y Comercio para registrar la marca de su canal en la clase 41 de la Clasificación Internacional de Niza que reconoce servicios de producción y distribución de programas de televisión, de recreación por medio de telecomunicaciones y exhibición y grabación de películas.

Sin embargo, una vez se publicó el extracto de la solicitud, Universal City Studios presentó oposición alegando que el signo solicitado es irregistrable ya que es similar y confundible con sus marcas ya registradas Diva Tv y Diva Universal, las cuales distinguen uno de sus tantos canales de entretenimiento, este está específicamente dirigido al público femenino que tiene presencia en toda Asia y en Filipinas, Italia, Bulgaria, Rumania y Rusia. Aunque en Colombia no está presente este canal, la compañía de Hollywood tiene el registro de ambas desde 2007 y vencen en 2018.

La abogada especialista en propiedad industrial Carmen Julia Monroy, de Wolf&Méndez, explicó que “el uruguayo podría solicitar cancelación por no uso si no se está usando en Colombia o en alguno de los países de la Comunidad Andina, y hacer que ese obstáculo desaparezca”. La Dirección de Signos Distintivos resolvió que en este caso la marca solicitada se encuentra incursa, en lo que la Comunidad Andina ha establecido por medio del literal A del artículo 136 de la Decisión 486. Son irregistrables aquellos signos solicitados que se asemejen o sean idénticos a uno ya registrado puesto que se puede generar confusión o asociación.

El abogado especialista en propiedad industrial Camilo Suárez, de la firma prietocarrizosa, explicó que “la decisión adoptada en el presente caso, se funda en la interpretación tradicional que la SIC le ha dado a la jurisprudencia andina cuando se trata de comparar marcas mixtas, en tanto considera que la mayor carga representativa de aquellos estilos marcarios, reside en el componente denominativo dada la fuerza propia de las palabras”.

La entidad así concluyó después de haber realizado el estudio de registrabilidad en el que determinó que la marca Diva Universal podría coexistir con el signo solicitado puesto que tienen elementos que los diferencian, pero que eso no puede ocurrir con Diva Tv la cual sí entra en conflicto puesto que es idéntica al signo del canal de entretenimiento para adultos y esto podría derivar en que los consumidores crean que están adquiriendo servicios que comparten el mismo origen empresarial. “Como se habla de un transmisor común, el consumidor puede considerar que el nuevo programa tiene una asociación con el que ya existe en el mercado” dijo Monroy.

“La decisión adoptada en el presente caso, se funda en la interpretación tradicional que la SIC le ha dado a la jurisprudencia andina cuando se trata de comparar marcas mixtas, en tanto considera que la mayor carga representativa de aquellos estilos marcarios, reside en el componente denominativo dada la fuerza propia de las palabras”, señaló Suárez.

El proyecto de Peña no solo ofrece este canal, que surge de la necesidad que tiene y siente Uruguay de romper con los tabúes sexuales, derribar barreras ideológicas y culturales, sino también de los cuatro clubs nocturnos que tiene y un sex shop. El canal tiene como característica que quienes actúan son nacionales, que las tramas son originales con guión y utilizará famosos del país. Hasta el momento ha conquistado el 70% del mercado de Montevideo, según explicó el empresario a El Espectador de Uruguay.

Las Opiniones

Carmen Julia Monroy
Abogada especialista en propiedad industrial de wolf&méndez

“Como se habla de un transmisor común, el consumidor puede considerar que el nuevo programa tiene una asociación con el programa que ya existe en el mercado, además se comparten los mismos medios de comercialización, lo que aumenta el riesgo de asociación”.

Camilo Suárez
Abogado especialista en propiedad industrial de Prietocarrizosa

“Considero acertada la decisión administrativa ya que los elementos gráficos correspondían a un estilo litográfico peculiar más que a un diseño gráfico puntual, situación que puede aminorar la fuerza distintiva de la marca ya registrada”.

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