Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

lunes, 14 de diciembre de 2015

Esta ley pretende volver obligatorio el uso de medios transaccionales de pago prohibiendo, paulatinamente, el uso del efectivo. Establece que, a partir del 1 de enero de 2017 será obligatorio pagar con “dinero electrónico” y que se creará un el Fondo de Promoción de Medios de Pago Electrónicos, cuyo objeto será “la ejecución y financiación de estrategias  para promover el uso de medios alternativos al efectivo por parte de las micro y pequeñas empresas y por las personas naturales”. Indica que tal Fondo se alimentará con una “contribución de naturaleza parafiscal” que provendrá del gravamen que se haga a los pagos realizados en efectivo. Como aspecto positivo, establece la norma que se generan algunos incentivos al uso de mecanismos transaccionales de pago tales como la devolución inmediata de dos puntos del IVA e Impuesto al Consumo por realizar pagos por medios electrónicos.

En conclusión, el proyecto penalizará el uso del efectivo como medio liberatorio de pago y volverá obligatorio el uso de mecanismos transaccionales (financieros y bancarios) de pago para el cumplimiento oportuno de las obligaciones. Los ponentes justifican el proyecto con argumentos bancarios y ambientales. En tal sentido establecen que: (i) 38% de los negocios que se realizan en nuestra economía, se efectúan de forma “sumergida”, por llevarse a cabo en efectivo, (ii) durante 2014, 54% de las cuentas de ahorro en Colombia estuvieron inactivas (es decir, no tuvieron movimiento por más de 6 meses) y (iii) 72% de los microempresarios y 57% de las personas encuestadas sólo usan efectivo, y sólo 32% de los microempresarios y 17% de las personas utilizan sus cuentas más de tres veces al mes. Así mismo, desde el punto de vista ambiental, consideran que: (i) durante los últimos 10 años se han utilizado más de 10 millones de toneladas de papel (correspondientes a aproximadamente 277.000 árboles) para la producción de billetes y (ii) el costo de producción de billetes y monedas en el mismo lapso asciende a casi $1,3 billones.

El proyecto, si bien tiene cosas positivas (tal como es premiar el uso del dinero electrónico con la devolución inmediata de ciertos puntos del IVA), es inequitativo pues condiciona el poder liberatorio de la moneda colombiana a que los negocios se hagan por medio de canales financieros, y grava, con una contribución adicional, a quienes prefieran utilizar la moneda colombiana en efectivo para el pago de sus obligaciones.

Los grandes ganadores de este proyecto son los Bancos y demás instituciones financieras. Con su aprobación, garantizarán la consecución de millones de clientes.

El Congreso deberá considerar aspectos como los que se enuncian a continuación: (i) muchos sectores de la economía subsisten por el uso del efectivo y podrían extinguirse, (ii) no puede obligarse a alguien a ser usuario del sistema financiero con los costos transaccionales que actualmente existen, (iii) la promulgación de esta ley hará catapultar los ingresos de los bancos y entidades financieras, que en equidad, deberían también contribuir (en mayor medida) al Fondo que se cree, pues estarían recibiendo un beneficio directo que tendría como única causa la aprobación de la presente ley.

Por último, de no modificarse sustancialmente este proyecto, podría el mismo ser demandado por inconstitucionalidad, ya que claramente el mismo transgrede el principio de la racionalidad legislativa, según el cual el legislador debe medir claramente las consecuencias económicas y sociales de las leyes que expide, so pena de que las mismas sean declaradas inexequibles por violar los principios constitucionales en los que deben fundarse.