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ECONOMÍA

Trabajadores pueden descontar hasta 35% de sus ingresos

sábado, 22 de octubre de 2016
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Mario Chaves Restrepo

A ese dinero bruto inicial se le descuentan los pagos que la persona hizo por salud y pensión (9% de su salario), con lo que los ingresos netos serían de $54,6 millones. Esa base tiene 25% de renta exenta automática y la posibilidad de descontar 10% adicional, con lo que base gravable sería de $35,49 millones. Cabe recordar que ese 35% de renta exenta no puede superar los $104 millones (3.500 UVT).

Con esa base gravable, de acuerdo con las cuentas del Ministro, usted tendría que pagar $2.337.520, con lo que tendría que darle a la administración tributaria 3,9% de sus ingresos.

Además, en la presentación del ministro de Hacienda se mostraba cómo la tarifa del impuesto es progresiva, de manera que mientras alguien que gana $3 millones al año tiene que pagar un pequeño porcentaje de sus ingresos como impuestos, alguien que gane $44 millones tiene que tributar cerca de 20% de su salario bruto (antes de tener en cuenta los descuentos a salud, pensión y demás deducciones).

Esas son las cuentas que tiene que hacer un asalariado, pero si usted, además de lo que gana por su trabajo percibe ingresos por otras fuentes, como lo puede ser el arriendo de un apartamento, el socio de Ochoa Correa & Asociados Mauricio Ochoa explica que tendrá que presentar “una minideclaración” por cada tipo de renta que perciba.

La consultora Kpmg explica que en este nuevo sistema de rentas cedulares en el caso de las pensiones “solo se grava el monto que exceda de 1.000 UVT mensuales ($29,75 millones a precios de hoy)”.

Adicionalmente, si usted no es un asalariado, a sus ingresos, luego de descontarle los aportes que haga a salud y pensión, podrá descontar el dinero que tiene que invertir para llevar a cabo su trabajo como independiente y 10% adicional.    

¿Qué es el sistema de rentas cedulares?
La consultora Kpmg destacó que una de las novedades de esta reforma, luego de la desaparición del Iman y el Imas es el sistema de rentas cedulares. Estas se califican en cinco diferentes categorías. La primera es la de las rentas laborales, que son las “Las originadas por salarios, comisiones, prestaciones, viáticos, gastos de representación ciertos honorarios, emolumentos eclesiásticos y compensaciones por servicios personales”. El segundo tipo de rentas son las pensiones, aunque en su inmensa mayoría están exentas. La tercera clase son las rentas de capital, que son aquellas “obtenidos por concepto de intereses, rendimientos financieros, arrendamientos, regalías y explotación de la propiedad intelectual”. El cuarto tipo son las rentas no laborales, que son todas aquellas que no puedan ser clasificadas en las anteriores más los honorarios de actividades que incluyan más de dos trabajadores. El quinto tipo son los dividendos. 

Glosario

Rentas exentas: es el dinero de sus ingresos netos que no cuenta a la hora de calcular el impuesto de renta.

Rentas de capital: las obtenidas por concepto de rendimientos financieros, arrendamientos y explotación de la propiedad intelectual.

Base gravable: es definido como el monto sobre el que se calcula finalmente la liquidación del impuesto de renta para una persona natural o jurídica.

Progresividad: es uno de los principios de la reforma Cárdenas. Por él, entre más alto sea el ingreso, más alta la tarifa que deba pagar.

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