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  • Gestión - Lima

viernes, 10 de febrero de 2017

En el primer caso, al haber sido funcionario público este delito tiene una pena no menor de 4 años ni mayor a 8 años, refirió Castro.

Pero en el caso de lavado de activos la pena es mayor: no menor de 8 años y no mayor de 15 años, subrayó el fiscal.

Por ello Hamilton Castro estimó que la pena de Toledo sería “largamente superior a los 4 años de cárcel” que es el tiempo mínimo que se requiere como uno de los requisitos para solicitar la orden de prisión preventiva.

El juez Richard Concepción Carhuancho declaró, la noche del jueves, fundado el pedido realizado por la fiscalía de prisión preventiva contra el exmandatario, Alejandro Toledo, ante el “alto grado de probabilidad” de haber cometido un acuerdo ilícito con Jorge Barata, exrepresentante de Odebrecht.

También mencionó que, este caso requiere diversos actos de investigación, como solicitudes de cooperación internacional con Reino Unido, Brasil, entre otros países; así como la búsqueda de documentos respecto a la carretera Interoceánica. A la par ordenó su captura internacional.

Heriberto Benítez, abogado del exmandatario, afirmó que apelará la decisión del juez.

El magistrado fundamentó su decisión ante los “graves y abundantes elementos de convicción” dotados por la fiscalía que implican a Alejandro Toledo en el cobro de una coima realizada por Odebrecht, a cambio de beneficiarla con la concesión de la carretera Interoceánica.

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