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martes, 18 de noviembre de 2014

Actualmente, surgen varios interrogantes alrededor de este tema; los más comunes están orientados a la definición de los pasos y la manera de proceder para radicarse en el país con el objetivo de concebir empresa. Esta experiencia se puede dividir en cuatro grandes pasos: el enfoque migratorio, el relacionado con la constitución de la empresa, seguidamente, el relacionamiento necesario con el Gobierno a cargo de la vigilancia y control de la actividad económica a la que se va a dedicar la empresa, finalmente y de manera consecuente, con los pasos para la consolidación de la inversión extranjera.

¿Qué debe hacer un extranjero para quedarse en el país?
Es importante mencionar que para tener un desenvolvimiento cotidiano, es decir, apertura de cuentas bancarias para el manejo de dinero a título personal, obtención de la licencia de conducción y, en general, para tener facilidades en la mayoría de los trámites; se debe definir la situación migratoria, pues no basta con la posibilidad de entrar como visitante al país. Por ello es necesario precisar el tipo de visa que más se acomoda a las necesidades particulares. 

El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia clasifica en más de 20 los tipos de visas para adaptarse a los diferentes casos: visas para negocios, socios, inversionistas y trabajadores, entre otros.  Dicho trámite puede tardar alrededor de una semana y, obtenida la visa, debe registrarse en Migración Colombia; luego, se deberá solicitar la cedula de extranjería que es la identificación dentro del territorio nacional. 

¿Cómo crear la sociedad?
Posteriormente o de manera concomitante se debe elegir el tipo societario que se adapte más a las necesidades del negocio que se piensa desarrollar. En Colombia existen diversos tipos de sociedades, siendo la sociedad colectiva y la en comandita simple o por acciones, las menos usadas en la actualidad debido al régimen de responsabilidad de los socios. También están las sociedades tradicionales con responsabilidad definida como la sociedad anónima y la limitada.  Desde 2008 la sociedad por acciones simplificada es la preferida por muchos gracias a las facilidades que ofrece en su constitución y ventajas en el funcionamiento ya sea en grande, mediana o pequeña empresa. 

Seleccionado el tipo societario conveniente, se debe constituir la sociedad con las formalidades propias y después debe ser registrada en el registro mercantil ante la Cámara de Comercio de la ciudad donde establezca el domicilio principal, trámite que tiene un costo aproximado de 0,7% del capital suscrito.

¿Quién controla la actividad económica para la declaración de impuestos?
De manera paralela se deben realizar los trámites para el Registro Único Tributario - RUT, el cual no tiene costo y se realiza en dos pasos.  Inicialmente de manera virtual se obtiene un Pre-RUT y finalmente cuando la sociedad tenga registro mercantil se expide el RUT definitivo ante el Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), quien controla la actividad económica de la sociedad, consecutivamente se puede expedir resolución de facturación y luego inscribir la firma digital del representante legal para la declaración de impuestos. 

¿Se necesita algún trámite para la inversión extranjera?
Igual de importante es la legalización de la inversión extranjera, la cual se realiza ante el Banco de la República (Banrep).  Esta debe hacerse dentro de los tres meses siguientes, contados a partir del ingreso del dinero a Colombia y llenando los formularios requeridos, ya sea directamente en el Banrep o por intermedio de entidades financieras autorizadas en Colombia, con el fin de que dicha inversión reciba el mismo tratamiento que la inversión de capital de los nacionales residentes.

Finalmente y en conclusión, aunque existen múltiples trámites, las facilidades que ofrece Colombia hoy para que los extranjeros se radiquen y creen empresa son las mismas que se ofrecen los mismos a nivel nacional.

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