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  • María Camila Suárez Peña

jueves, 27 de agosto de 2015

En lo corrido del año, la SIC ha impuesto $8.047 millones, pero solo el primer sector, las empresas fabricadoras y comercializadoras de televisores, registra un total de 15 multas, que superan $2.400 millones, y que fueron impuestas a empresas como Sony ($225 millones), Samsung ($180 millones) y Panasonic ($180 millones). La razón: no haber informado a los consumidores sobre la compatibilidad con la Televisión Digital Terrestre. 

 En el caso de los servicios financieros, aunque la multa solo es una, el monto supera $1.280 millones, y fue impuesto a BCI Empresas por cobrar intereses por encima de la tasa de usura. Esta firma es dueña de los locales Anticipos Express.

“La SIC, con su poder sancionatorio genera tres efectos fundamentales en el mercado: sancionar a quienes violan la ley, generar en todos los agentes del mercado la conciencia de que incumplir la norma genera consecuencias y empoderar al ciudadano para que haga valer sus derechos como consumidor”, comentó Pablo Felipe Robledo, superintendente de Industria y Comercio.  

Los llamados ‘productos milagro’ también están en el ranking. Los sancionados son JorgeHane Laboratories Colombia, con una multa superior a $708 millones, por mostrarle al consumidor publicidad engañosa; Ecosway Colombia, cuya sanción fue de más de $257 millones, por incluir información engañosa; y Genomma Lab, con $20 millones por inobservancia de órdenes impartidas. 

Hernán Ruiz, socio de Hernán Ruiz Abogados, manifestó que las investigaciones de la SIC son en su mayoría iniciadas por la denuncia de consumidores afectados. Y explicó que hay dos impactos en las empresas con la imposición de estas sanciones: “interno, al tener que pagar multas millonarias, y externo, frente al consumidor, porque pueden generar pérdida de confianza en sus productos”, dijo. El siguiente sector es venta en almacenes ( 10 multas), con un valor conjunto superior a  $585 millones y cuya sanción más alta es para  Cencosud Colombia y Drypers Andina, cada una con un monto de más de $161 millones, por publicidad e información engañosa. Y turismo, con un valor conjunto superior a $430 millones.   

“Hay  falta de observancia del derecho de información que tienen los consumidores. No se les dan los suficientes elementos objetivos sobre precio, naturaleza,  modo de fabricación,  entre otros, con los que pueden elegir   la adquisición de un producto”, explicó Juan Carlos Martínez, docente de propiedad intelectual de la Universidad de la Sabana.  

Pablo Felipe Robledo
Superintendente de Industria y Comercio

“Con el poder sancionatorio, la Superindustria multa a quienes violan la ley y genera en los agentes del mercado la conciencia de que incumplir la norma trae consecuencias y empodera al ciudadano”.

Juan Carlos Martínez
Docente de Propiedad Intelectual u. Sabana

“Las empresas no dan los elementos objetivos sobre precio, naturaleza, origen, modo de fabricación, entre otros, con los que los consumidores pueden elegir  libremente si adquieren o no un producto”.

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