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  • Colprensa

miércoles, 4 de marzo de 2015

A pesar de bajar sustancialmente el tiempo de suspensión – que inicialmente lo destituía e inhabilitaba por 12 años-, la Procuraduría reiteró que encontró como responsable al Superintendente por no adoptar las medidas tendientes a evitar el descalabro de Interbolsa y la afectación a los inversionistas, así como la pérdida de confianza del público en el mercado de capitales. 

Ante el fallo, la Superintendencia afirmó que “con la seguridad de haber actuado conforme a la ley y oportunamente para garantizar la protección de los inversionistas, el normal funcionamiento y estabilidad del mercado de capitales colombiano, se hará uso del derecho constitucional a la defensa ante el Consejo de Estado una vez se notifique y conozca en su totalidad el fallo”. 

La decisión de la Procuraduría, dada a conocer este miércoles, surge luego de que el superintendente Financiero, Gerardo Hernández, interpusiera un recurso de súplica en diciembre de 2013, apelando el fallo de primera instancia proferido por el Ministerio Público el 27 de noviembre de 2013. 

En ese momento, la Procuraduría encontró que desde la Superintendencia no se adoptaron medidas preventivas para proteger a los inversionistas o evitar que otros clientes incurrieran en la operación sobre acciones manipuladas. Además, que no pusieron en conocimiento de la Fiscalía o lo hicieron de manera tardía, las situaciones irregulares establecidas por Interbolsa. 

Aunque la Procuraduría reconoció que la Superintendencia Financiera inició una investigación a Interbolsa, la crítica del Ministerio Público es que no se emitieron las órdenes necesarias para que Interbolsa suspendiera de inmediato las prácticas ilegales. 

De esta manera, la Superintendencia está a la espera de ser notificada y de conocer el nuevo fallo en su totalidad para establecer un recurso ante el Consejo de Estado, con el que busca se absuelva a Hernández. 

Reducen de 12 años a 10 meses la sanción contra el Superfinanciero

La Procuraduría General de la Nación modificó la sanción de destitución proferida en contra del hoy superintendente Financiero, Gerardo Hernández, la cual pasa de 12 años a 10 meses de suspensión. De esta manera, el funcionario deberá dejar el cargo que actualmente ocupa. 

Dicha medida obedeció al descalabro que se presentó en Interbolsa. A pesar de esto, el procurador Alejandro Ordóñez, reiteró que la omisión de la Superintendencia sí permitió el descalabro bursátil por no tomar las medidas para proteger a los inversionistas. 

El Procurador modificó el fallo impuesto el 27 de noviembre de 2013 al encontrar a Hernández “responsable de la falta grave, a título de culpa grave por no adoptar las medidas previstas en el artículo 6 [c] de la Ley 964 de 2005, tendientes a evitar el grave perjuicio a los inversionistas en el mercado de valores y la pérdida de confianza del público”. 

Esto, por conocer desde 2011 la posible manipulación del precio de las acciones por parte de la comisionista Interbolsa, liquidada el 7 de noviembre de 2012 por el incumplimiento de sus obligaciones. 

La sanción también va dirigida pero por el término de 8 meses a Diego Mauricio Herrera Falla, en su condición de Superintendente Delegado para Supervisión de Riesgo de Mercado e Integridad; y a Rosita Esther Barrios Figueroa, Superintendente Delegada para Supervisión de Riesgos y Conductas de Mercado. 

Es decir, que para la Procuraduría era un ‘error vencible’, una situación que podía haberse superado “con un simple ejercicio juicioso y diligente respecto de los elementos con los que contaba, para evitar el grave perjuicio de los inversionistas del mercado de valores, especialmente de la comisionista Interbolsa”, aseguró Ordóñez. 

En esta modificación del fallo, el Procurador absolvió a Hernández Correa y a Herrera Falla y Barrios Figueroa de la falta gravísima que derivó en la destitución en el fallo inicial por haber omitido el deber de denunciar ante las autoridades la posible comisión de delitos en Interbolsa. 

Ordóñez explicó que en este caso, se trató de un “error invencible” y no de una omisión arbitraria y deliberada del Superfinanciero. 

“Error determinado por un memorando interno de mayo de 2009 expedido por la Dirección Jurídica de la Superintendencia Financiera que dispuso denunciar a la autoridad competente la comisión de un hecho punible una vez agotada la actuación administrativa correspondiente y no antes, como lo reclamó inicialmente este Ente de Control”, señaló el Procurador. 

Finalmente, la Procuraduría General de la Nación absolvió de toda responsabilidad 
disciplinaria a Luis Fernando Cuadrado Zafra, en su condición de superintendente delegado para Intermediarios de Valores y Otros Agentes. 

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