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  • Katherine Benítez Piñeros

miércoles, 24 de mayo de 2017

El contrato se realizó con la Fundación Enlace por un valor de $2.152 millones para el suministro de desayunos y complemento alimentario a 34.434 niños, niñas y adolescentes matriculados en las instituciones educativas oficiales del municipio.

Para la Procuraduría, “el objeto y las obligaciones materia del citado convenio correspondían a un contrato de suministro y no al impulso de programas y labores propios de la Fundación”. Además, según el organismo de control se desconoció el procedimiento objetivo de selección de contratistas de la licitación pública, conforme a la cuantía del contrato y se vulneró la libre concurrencia de oferentes.

La Procuraduría encontró que el disciplinado desconoció el principio de responsabilidad de la contratación y explicó que sus actuaciones debían estar presididas de las reglas sobre administración de bienes ajenos y ajustadas a la ética y a la justicia, y en su lugar, celebró convenios vulnerando la normatividad.

En el fallo fue absuelto Luis Francisco Bohórquez, exalcalde de Bucaramanga, ya que el organismo de control encontró que en diversas oportunidades ejerció los controles necesarios e impartió directrices a sus secretarios de despacho relacionadas con las restricciones en la suscripción de convenios interadministrativos y revisó los procesos de contratación que adelantaba la entidad territorial.

Esta decisión de primera instancia cuenta con recurso de apelación. 

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