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lunes, 7 de abril de 2014

La empresa en sometimiento no pierde su autonomía en lo que respecta a los órganos de administración, es decir, el representante legal, el revisor fiscal y la junta directiva podrán seguir tomando las decisiones que competen a la empresa, en este punto el control ejercido por la Supertransporte a través del sometimiento a control comporta el más alto grado de vigilancia ejercido por esta entidad, que se traduce en la potestad de ejercer una de las tantas acciones inmersas principalmente en la ley 222 de 1995, que indica a grandes rasgos, que cuando alguna empresa se encuentra en alguna circunstancia que amerita análisis concreto, la Supertransporte puede tomar medidas que al final arrojarán un resultado positivo tanto para los socios, como para el sector y la sociedad en general.

Dichas facultades del Superintendente, se traducen en el deber por parte del administrador de la empresa de presentar un plan de recuperación y mejoramiento, el cual deberá incorporar actividades claras, precisas y exigibles para que puedan ser objeto de seguimiento. De manera excepcional, cuando la entidad considera que los gerentes no obran con la debida diligencia de un buen hombre de negocios, el Superintendente podrá optar por dar aplicación a otra de las tantas facultades con que cuenta, entre otras, remover administradores e imponer multas a los mismos o a la empresa.

El control no es perpetuo, pues el sometimiento a control se levanta en el momento en el que se mejoren las situaciones de orden administrativo, económico, jurídico o contable, según sea el caso; dicho en otros términos, no es una intervención, tampoco es una declaración de quiebra, es el seguimiento que la Superintendencia efectúa a las empresas para que se presten un servicio público de transporte en condiciones de calidad, acceso y seguridad para todos los usuarios.

Es necesario aclarar que el seguimiento que se efectúa en grado de sometimiento a control, es a la empresa en los aspectos que tienen que ver con la creación y funcionamiento de la empresa. En este sentido, quien en la práctica desarrolla el objeto social para el cual se crean las empresas que están sometidas, son los administradores, y dentro de esta definición, el código de comercio no limita ese cargo a quien aparece como representante legal, también se incluye a la junta directiva, entre otros sujetos.

En conclusión, la medida mencionada, es un mecanismo de la Supertransporte que  busca esencialmente mejorar los aspectos internos de la empresa en los asuntos que son considerados como críticos al interior de la compañía, para proteger, como es debido, el derecho a la empresa, al mismo tiempo la calidad del transporte en Colombia y la continua prestación del servicio público. 

Las empresas o cualquier ciudadano deben tener presente que la Superintendencia de Puertos y Transporte, tiene como objetivo primordial sacar adelante las empresas que son objeto de su inspección, vigilancia y control, sean empresas privadas de carácter civil o comercial, empresas públicas, empresas industriales y comerciales del estado o concesiones, por sólo nombrar algunas de ellas.