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Analistas 29/09/2014

Sobretasa en impuesto de renta vs. impuesto patrimonial

Sergio Clavijo
Prof. de la Universidad de los Andes
La República Más
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En el arranque de la Administración Santos II (2014-2018), se han presentado algunos sobresaltos en materia de financiamiento del Presupuesto correspondiente al año 2015. Inicialmente, se había planteado que el faltante de $12,5 billones (7,5% del total de gastos sin servicio de deuda) sería cubierto “simplemente” extendiendo el pernicioso Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) y repitiendo el antitécnico Impuesto Patrimonial (IP). 

Como es bien sabido, el ITF y el IP generan graves inconvenientes en la técnica tributaria y resultan contraproducentes a nivel económico. Por ejemplo, el ITF es el culpable de la desintermediación financiera que incita a transar en efectivo, drenando así los propios recaudos de renta e IVA. Bastaría una ganancia en formalización bancaria-tributaria de solo 5%, como resultado del desmonte del ITF, para que los recaudos del IVA y el Imporrenta aportaran la suma adicional de 0,6% del PIB, casi igualando el recaudo de 0,8% del PIB que produce el ITF. Además, el ITF no lo pagan las entidades financieras (como creen muchos congresistas), sino que en más de dos terceras partes lo hacen los cuenta habientes.

El IP, a su vez, corresponde al pago de una renta presuntiva sobre los activos. La pésima noticia para las firmas que quieren establecerse o reinvertir en Colombia es que el conjunto de impuestos Imporrenta+CREE+IP resulta equivalente a gravar las utilidades de las firmas a la tasa de 38,3% (aquellas con patrimonios entre $1.000 y $2.000 millones) o hasta con la tasa de 50,8% (aquellas que superan los $5.000 millones en activos netos). ¿Cómo esperar entonces que se aliente la inversión productiva en hidroeléctricas, petroleras, el sector financiero e infraestructura si en Colombia dicha inversión la “premiamos” con tasas efectivas sobre las utilidades hasta de 50,8%?

En economía, los capitales se mueven buscando rentabilidad, no simplemente por el “runrún” de que en Colombia eventualmente se consolidará la paz (… ojalá así sea y pronto). Pero esos capitales no permanecerán y los nuevos no llegarán si Colombia les ofrece gravar sus utilidades a tasas del 50,8% vs.  25% o 30% que hoy es la norma internacional. No sobra recordar que los gravámenes presuntivos a los activos productivos de las firmas son prácticamente inexistentes en el mundo, precisamente porque se quiere evitar ese efecto tributario en cascada (Imporrenta + IP). En aquellos países nórdicos donde se aplica el “impuesto a la riqueza”, este se limita a los hogares más pudientes.

El Consejo Gremial le ha enviado una carta al gobierno llamándolo a recapacitar sobre el negativo efecto que tendría (sobre la inversión y el empleo) la repetición del ITF y del IP, especialmente cuando este último se anuncia cubriendo los próximos cuatro años, con recálculos anuales y elevando las tasas de gravamen del IP. Por ejemplo, el gobierno ha hablado de elevar las tasas del IP en el rango $1.000-$2.000 millones (de activos netos) de 0,25% a 0,4% anual; y en el rango más alto, superior a los $8.000 millones, de 1,25% a 2,25%. 

Pues bien, esto implicaría que el efecto “cascada” de tributación ahora se elevaría de 38,3% a 39,8% sobre las utilidades (para firmas con activos de $1.000-$2.000 millones) y de 50,8% a 58,3% (para las que superen los $8.000 millones), suponiendo rentabilidades normales de 10% sobre los activos.  La situación tributaria luce tan incierta, que los gremios le han sugerido al gobierno que, si se ha de equivocar, no lo haga de una vez por los cuatro años; que se tome al menos “un Valium” por un año y de esta manera entre a recapacitar. Una forma de comprar algo de tiempo sería pensar en sustituir, para 2015, el IP por una sobretasa al Imporrenta. Esto al menos tiene el sentido económico de evitar la figura de la “renta presuntiva” sobre los activos y ceñirse a la disponibilidad de utilidades.

Anif ha estimado que dicha sobretasa al Imporrenta de las firmas se tendría que incrementar en unos 5,5 puntos porcentuales, llevando la tasa efectiva Imporrenta+CREE a la descomunal cifra de 41,3%. Esto si se quisiera abolir el IP sobre las firmas y apuntarle a recaudar el teórico 0,86% del PIB del que viene hablando el gobierno bajo la forma del IP-recargado. 

Por todas estas razones antitécnicas del ITF y del IP es que el gobierno debería pensar en una reforma estructural que incluya incrementar la tasa del IVA, como lo ha venido planteando Anif.  Recordemos que en Colombia la tasa general es solo de 16% y que existe espacio para pensar en elevarla gradualmente al 17% en 2015 y a 18% en 2018; mientras tanto, en América Latina la tasa del IVA ya promedia un 19% y en Europa un 22%. 

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