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  • Katherine Benítez Piñeros

miércoles, 24 de mayo de 2017

Según esta norma, para el caso de los servidores públicos del orden territorial, el plazo correrá entre el primer día de junio y el último día de julio de cada vigencia. Dicha declaración debe actualizarse a través del sistema de información y gestión de empleo público (Sigep).

En caso de que el organismo o entidad no esté vinculado a Sigep, el servidor deberá presentar de forma física la declaración de bienes y rentas a la unidad de personal.

El corte de cuentas para la declaración de bienes y rentas al momento de ingreso al servicio y de actualización será el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al de su presentación. 

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