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lunes, 14 de julio de 2014

La decisión obedece a una acción pública de inconstitucionalidad interpuesta por mí, como abogado experto en legislación financiera, en defensa de los recursos públicos, que en muchas ocasiones son desviados o desperdiciados. En consecuencia, el Estado no tendrá que asignar de manera directa aproximadamente $240.000 millones al Distrito de Buenaventura, sino que los podrá repartir de manera equitativa a los departamentos, municipios y distritos de todo el País, a través de los proyectos regionales aprobados por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (Ocad). Esto se traduce en que los recursos tendrán que  ser canalizados de una manera segura y equitativa, como debe ser.

Haciendo un rápido análisis al tema de Buenaventura, según el Informe de seguimiento en tiempo real a los recursos del Sistema General de Regalías realizado por la Contraloría General de la República, en el cuadro de avance de regalías 2012 y 2013-2014 se puede concluir que el presupuesto de regalías para esos años en el puerto del pacífico, fue mucho mayor respecto a las otras entidades territoriales, lo que significa que la asignación de las regalías no era equitativa ni mucho menos justa. Y ni preguntarnos dónde y cómo fueron invertidos esos dineros, labor que le compete a los órganos de control.

De acuerdo con lo manifestado por el magistrado Jorge Ignacio Pretelt de la Corte Constitucional: “El Gobierno Nacional no puede pagar de los recursos destinados por la Ley de Regalías para ciencia y tecnología, al Distrito de Buenaventura, el 15 por ciento sin que haya un proyecto en las regiones que justifique el manejo de dichos dineros.” Así mismo, mediante el comunicado No. 26 del 2 de julio de 2014 la Corte Constitucional, al realizar una síntesis de los fundamentos manifestó: “En segundo lugar, se advirtió que: “el parágrafo censurado también crea un privilegio en cabeza del Distrito de Buenaventura sin una justificación concreta y con amplio sacrificio de valores y principios constitucionales, como la equidad del sistema de regalías de cara a las entidades territoriales, la promoción del desarrollo regional a través de la inversión en ciencia, tecnología e innovación, y los principios de descentralización y autonomía territorial, así como el principio democrático, los cuales se desarrollan, por ejemplo, con la participación de dichos entes en el Ocad”.

Para quienes estamos inmersos a diario en el mundo financiero, en sociedades comerciales, la defensa tanto de los recursos públicos como privados se constituye en un principio fundamental, dado que el patrimonio de todos los colombianos debe ser protegido de los abusos a que actualmente se ven sometidos por malos manejos, procedimientos inadecuados o normas mal entendidas, mediante la interposición de las acciones legales que pueda salvaguardarlos. Como bien lo dice la corte, debe haber una justificación clara, diáfana y contundente de esos dineros, que no son poca cosa y que además, son sagrados. 

Ahora, es cierto que el distrito especial de Buenaventura, merece una fuerte presencia del Estado, es el puerto marítimo más importante de Colombia por el volumen de carga que mueve (más del 60% del comercio del país) y todos los colombianos conocemos su preocupante problemática social. 

Este es, tal vez, el primer paso para que en esta importante ciudad del Valle del Cauca se haga una asignación de recursos sería y vigilada, que garantice que los dineros sean destinados a los renglones que realmente se necesiten y que esa inversión sea visible en obras de infraestructura como vías, hospitales o colegios. 

Más que detener el desarrollo de Buenaventura es potenciar su futuro a través de la transparencia y el buen manejo de los recursos. Aunque a algunos les duela, con esta sentencia se demuestra que la justicia cojea, ¡pero llega!.