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  • Geraldine Romero

miércoles, 6 de mayo de 2015

Fue así como esta vez dicha discusión se dio por la marca Ritinox, en la que su solicitante Mercantil Vale Do Arinos tuvo que afrontar la oposición del laboratorio Genfar.

Genfar, empresa que pertenece al grupo internacional Sanofi y el cual reportó ventas netas en 2014  de US$37.640 millones, dio a conocer su desacuerdo por segunda vez cuando la Superintendencia de Industria y Comercio  (SIC) concedió el registro del signo.

Al acudir al recurso de apelación, la opositora expuso una serie de argumentos para demostrar que su marca, Hitirox, se vería afectada con la existencia de Ritinox.

De este modo, la farmacéutica basó sus sustentos en las similitudes ortográficas y expresó que las distinciones entre los signos eran insignificantes, al encontrar que solo variaban en dos letras, hecho que no era suficiente para que la entidad descartara la confusión.

Adicionalmente, el laboratorio indicó que aceptar la decisión tomada por la Dirección de Signos Distintivos implicaba que un consumidor tomara un producto por otro de manera sencilla y por ende, adjudicar  el mismo origen empresarial.

Más allá de las semejanzas en la escritura de los signos, Genfar se refirió a la comercialización de los productos y señaló que  al estar comprendidos en la misma clase 5 internacional, se asumía que Hitirox y Ritinox tenían una relación género-especie al prestar servicios tan similares. Por su parte la Superindustria  manifestó que Ritinox iba dirigido al tratamiento de la rinitis,es decir que su nombre era evocativo, por el contrario Hitirox no poseía un significado aparente, lo cual convertía a las dos marcas en  términos independientes y provenientes de la elaboración ingeniosa de cada titular.

Carlos Uribe,socio de Triana, Uribe  & Michelsen, explicó que en el caso  de los farmacéuticos se presuponía  un estudio más severo por parte de la SIC al observarse que  inducir a un error al consumidor implicaba gravedad al comprometer el bienestar y la salud.

“Sin embargo esa  política de la SIC se ha visto  un poco más laxa  debido a esas partículas comunes que se han venido implementando”.

El ente regulador añadió que la comparación de las marcas se había realizado de forma sucesiva en tanto que el público percibía los productos de forma separada.

Uribe afirmó además que en muchísimas situaciones estos productos no estaban al alcance del consumidor directo, pues cuando se trataban de  medicinas para contrarrestar alguna enfermedad, su venta estaba condicionada  bajo fórmula médica. “Así el criterio de confusión en el mercado se volvió secundario”.

Para la  Superintendencia  el hecho de que dos signos  compartieran radicales o partículas no infería una razón fundamental para negar el registro marcario.

 A su vez  la entidad concluyó que en  este estudio se había analizado la divergencia ortográfica.

De este modo Genfar, compañía que espera que el mercado de medicamentos accesibles crezca un 25% en Venezuela  y 10% en Colombia, tendrá que aceptar que su marca conviva con Ritinox en la industria  farmacéutica.

Las opiniones

Carlos Uribe
Socio de Triana, Uribe & Michelsen

“En muchísimos casos estos productos no están al alcance del consumidor directo, pues cuando se trata de  medicinas  para contrarrestar alguna enfermedad específica, su venta está condicionada bajo fórmula médica”.

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