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  • Daniel Palomino

sábado, 28 de enero de 2017

En efecto, la prueba de que un régimen favorable a las zonas francas atrae la inversión extranjera directa se dio en 2005 cuando esta pasó de US$3.116 millones en 2004 a US$10.235 en 2005, luego de la promulgación de la Ley 1004 de 2005, con la que se modificó el régimen franco que existía hasta entonces.

El Gobierno espera atraer la inversión, y para esto expidió la reforma tributaria estructural (Ley 1819 de 2016) y el Decreto 2147 de 2016. 

De acuerdo con la Ministra de Comercio, Industria y Turismo, este Decreto ya mencionado mejora la competitividad de las zonas francas y fortalece la industria y el comercio del país. 

¿Qué retener de estas normas?
A partir del 1 de enero de 2017, la reforma tributaria aumentó la tarifa del impuesto sobre la renta para los usuarios industriales de zona franca del 15% al 20%.

Sin embargo, también eliminó el impuesto sobre la renta para la equidad (Cree) aplicable a los usuarios de zona franca calificados como tal a 31 de diciembre de 2012 y a los que se calificaran a futuro. 

Durante su existencia, dicho impuesto se calculó a una tarifa del 9%.

¿Qué fue lo que se exoneró?
La reforma exoneró del pago de los aportes parafiscales a las personas jurídicas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, incluyendo a los usuarios industriales de zona franca.

Antes de la reforma, únicamente estaban exonerados de estos aportes los usuarios de zona franca que eran considerados sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta para la Equidad.

La industria ya ha manifestado en varias ocasiones su preocupación por el incremento a la tarifa general del IVA al 19%. No obstante, están exentos de este impuesto los bienes y servicios que exportan los usuarios industriales de zona franca, así como las materias primas que estas personas  compren.

Por lo anterior, es importante y necesario evaluar el impacto que la reforma tributaria tuvo en el régimen de zona franca.

Decreto de unificación

El Decreto 2147 de 2016 unificó el régimen de zona franca e introdujo varias modificaciones. 

Entre ellas, se resaltan algunas de las más importantes: se permitió a las personas jurídicas que hayan radicado la solicitud de declaratoria de zona franca iniciar inversiones y generar empleo antes de la declaratoria de existencia por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Dicho decreto calificó a los usuarios de zona franca como operadores de comercio exterior.  

Lo que queda por analizar

Por lo que ahora debe analizarse si dicha calificación únicamente es aplicable para lo previsto en este Decreto o si esto implica que también deben cumplir con las obligaciones previstas en el Estatuto Aduanero para los operadores de comercio exterior.

En suma, el régimen franco sigue siendo un mecanismo atractivo para la inversión extranjera, cuyas modificaciones recientes han ayudado a fortalecer su promoción en el país. 

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