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  • Lina Guevara Benavides

sábado, 20 de mayo de 2017

La marca, que pretendía distinguir servicios de telecomunicaciones amparados bajo la clase 38 de la Clasificación Internacional de Niza, fue negada por la Delegatura tras considerar que QMC Telecom, era un signo que se podía confundir con, el ya registrado, Telecom de Telecom Colombia.

Así las cosas, QMC Telecom alegó ante la SIC que las letras QMC ocupaban 70% del signo y que esa expresión era la que predominaba en todo el conjunto marcario, lo que disminuía el riesgo de confusión.

“En este orden de ideas, y a influencia del público consumidor, es claro que la empresa titular de la marca objeto de negación, Telecom Colombia conocida como Telecom, fue una empresa estatal colombiana de telecomunicaciones creada en 1947 y liquidada a mediados del año 2003 en el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, lo cual evidencia que dicho titular ya no existe en Colombia y lo que es peor, que su marca ya no es utilizada para la identificación de servicios de telecomunicaciones”.

Por último dijo que las marcas eran sustancialmente diferentes tanto en lo ortográfico como en su longitud, secuencia y cantidad. 

Sin embargo, lo dicho por QMC no fue suficiente para la SIC, que presento como argumentos para defender su posición que, al comparar el signo solicitado con la marca registrada, QMC Telecom presentaba semejanzas con Telecom, lo que podían generar confusión en el mercado.

La Superindustria también encontró que el elemento Telecom, presente en el signo que se había solicitado, podría configurar una reproducción parcial de la marca registrada, teniendo en cuenta que no contaba con elementos adicionales suficientes para que el consumidor pudiera hacer la diferencia.

En segunda instancia, la Delegatura dijo que, pese a que QMC era un elemento secundario, este no podía tomarse como argumento para defender el registro y añadió que los servicios que identificaban las dos marcas se relacionaban con la clase 18 de la Clasificación. 

“Finalmente, este no es el espacio jurídicamente establecido para discutir si hay lugar a la cancelación del registro sustento de la negación por su falta de uso”, concluyó la SIC.

Pablo Delgado, especialista en propiedad intelectual de la Universidad Externado de Colombia, resalto la importancia sobre  “la aclaración que hace la SIC al establecer que el no uso en el mercado de una marca registrada, no sirve de argumento en el trámite administrativo de registro de otra similar y riesgosamente confundible, teniendo en cuenta que existe un proceso especial de cancelación de marca que podría ser sustento de prejudicialidad dentro del trámite de registro, incluso en sede de apelación”.

Antecedentes

El 23 de mayo de 1947 fue fundada la empresa pública Telecom Colombia bajo el nombre de Empresa Nacional de Telecomunicaciones, una sociedad con la que se nacionalizaron, en su momento, los servicios telefónicos.

Sin embargo, su desaparición llegó poco después de haber cumplido sus 50 años, cuando el 12 de junio de 2003, la Presidencia de la República en cabeza del hoy senador Álvaro Uribe, ordenó su liquidación luego de que la empresa reportara pérdidas por más de $400.000 millones.

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