Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

martes, 29 de noviembre de 2016

 Que existan conductas punibles menos graves que otras y cuya investigación es menos compleja es algo relativamente fácil de aceptar. ¿Cuáles pueden ser? En concreto, dichas conductas o con base en qué criterios se determine la entidad de su gravedad o complejidad, es una cuestión mucho más difícil de solventar.

 No en vano, los colombianos llevábamos legislando sobre el particular más de medio siglo. El Decreto 1118 de 1970, el Decreto 522 de 1971, el Decreto 100 de 1980 y la Ley 23 de 1991 son apenas algunos ejemplos de los últimos esfuerzos del siglo pasado por diseñar un proceso ágil para evacuar conductas que, aunque individualmente consideradas presentan un grado menor de lesividad, su frecuente comisión hace que en su conjunto representen una seria amenaza para la administración de la justicia. 

 El clamor por un proceso más ágil, pero, sobre todo, más cercano al ciudadano no cesó con el siglo. Por el contrario, en la última década llevamos por lo menos cinco iniciativas legislativas encaminadas a dicho fin, entre las cuales se cuenta una reforma constitucional.

 Hoy, tras la declaratoria de inexequibilidad de la “Ley de Pequeñas Causas” y la consecuente reforma constitucional de 2011, que habilitó la desmonopolización de la acción penal, el Congreso de la República le dio una nueva oportunidad a la ciudadanía para agilizar sus trámites ante la justicia y hacer realidad el tan anhelado procedimiento penal abreviado.

 Este proyecto promete descongestionar los juzgados penales mediante la introducción de un procedimiento especial que reduce en la mitad los términos ordinarios y por conducto del cual se evacuará la mayoría de las noticias criminales que recibe la Fiscalía. En este nuevo esquema procesal, la víctima tendrá la oportunidad de acudir directamente ante un Juez de la República para que este, en un término cercano a los seis meses, se pronuncie de fondo sobre la responsabilidad penal de su agresor. 

 Según los datos presentados al momento de radicación del proyecto por parte del Ministerio de Justicia, a través del Procedimiento Especial Abreviado, se tramitarán más de 400.000 noticias criminales cada año. Hurtos, lesiones, estafas, inasistencias alimentarias, injurias y, en general, los delitos que afectan de manera más frecuente a la ciudadanía serán tramitados por esta vía.

En estos eventos, la víctima que lo desee podrá actuar como fiscal de su caso y será capaz de dirigir la investigación, presentar una teoría del caso, solicitar pruebas, interrogar a testigos y, en general, regir los destinos de su propia causa directamente ante un juez.

El Presidente de la República tiene en sus manos una de las reformas más importantes al sistema penal acusatorio. Una reforma con el potencial de impactar la imagen de la administración de justicia y, en especial, de la justicia penal. Una reforma que ya ha surtido tres debates y que, a decir verdad, está en mora con la ciudadanía. Una reforma que, década tras década, ha sido reclamada por la opinión pública. Una reforma que hoy, por fin, es una realidad.