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miércoles, 29 de marzo de 2017

Este documento inicia haciendo mención al resultado electoral en la carrera presidencial en EE.UU. y plantea cómo los ciudadanos presuntamente votaron en contra de las políticas comerciales adoptadas por el país en la última década. Así, establece algunos de los objetivos y prioridades comerciales de la administración, tales como priorizar las negociaciones bilaterales por encima de las multilaterales, revisar y ajustar lo negociado bajo acuerdos comerciales bilaterales, asegurar que los trabajadores y empresas de EE.UU. tengan oportunidades justas de competir en los mercados internacionales, entre otros.

Algunos de los objetivos planteados por la agenda preliminar parecen justos y no son necesariamente malos para el comercio internacional. Por ejemplo, el documento hace mención a un objetivo de cumplir de manera estricta las normas estadounidenses de comercio para evitar que el mercado sea distorsionado por importaciones de productos subsidiados o bajo precios que constituyan dumping.

En la medida en que las normas estadounidenses cumplan con la regulación internacional en la materia, este objetivo no sería per se algo negativo. Por el contrario, precisamente la regulación internacional permite adoptar medidas para contrarrestar prácticas como el dumping o subsidios, en la medida en que sean adoptadas siguiendo los parámetros establecidos en el marco regulatorio internacional.

No obstante lo anterior, sí hay algunos objetivos y prioridades que saltan a la vista como elementos disruptivos a nivel internacional y que preocupan a quienes abogan por la importancia de la agenda multilateral. En el documento se establece como objetivo el resistir el esfuerzo de otros países y de cuerpos internacionales como la OMC, de debilitar los derechos y beneficios, o de incrementar las obligaciones de EE.UU. bajo los diferentes acuerdos comerciales a los que hace parte. Este objetivo por sí solo parece resaltar lo establecido en los mismos acuerdos de la OMC - en particular en el Entendimiento de Solución de Diferencias - así como en algunos capítulos equivalentes bajo acuerdos comerciales bilaterales.

Sin embargo, dando alcance a este objetivo, el Ustr afirma que las decisiones que se adopten en el marco de la OMC no son obligatorias para los EE.UU en la medida en que contraríen alguna de sus normas. En otras palabras, el Ustr parece afirmar que EE.UU. no necesariamente va a acatar las decisiones de los órganos de solución de diferencias internacionales en materia de comercio. Esto, desde un punto de vista estrictamente legal, es alarmante para el sistema multilateral de comercio y su estabilidad jurídica.

Aunque esto parece un tanto alejado de Colombia, es importante recalcar que en los próximos días se espera que el presidente Trump firme una orden ejecutiva ordenando la revisión de todos los acuerdos comerciales firmados por EE.UU. Así, además de ser un miembro de la OMC y por lo tanto ser un afectado directo de este tipo de política comercial anunciada por EE.UU., Colombia también podría verse afectada por la revisión de su TLC bilateral con EE.UU. Esperemos que el lenguaje utilizado por la administración Trump obedezca más a un discurso político que a una realidad de su política comercial.