Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

  • María Camila Reina

jueves, 22 de mayo de 2014

La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, negó en segunda instancia el registro del signo Fray’s solicitado por Koba Colombia S.A.S., después de considerar los argumentos de la compañía opositora Pepsico.

Koba, empresa dueña de las tiendas D1, presentó la solicitud para su signo Fray’s en la clase 29, que distingue papas fritas y pasabocas de carne, pescado, pollo, aceites y grasas comestibles.

El fundamento principal de la oposición interpuesta por Pepsico, estuvo relacionado con la similitud de Fray’s con la marca de papas registrada por ellos Lay’s en la clase 29.

La firma Baker & McKenzie apodera de Pepsico, aseguró que Fray’s era susceptible de confusión con las marcas registradas por lo que no podía ser registrada. Otro factor clave del pleito estuvo en que ambas marcas en contienda, pretendía amparar productos en la misma clase de Niza.

“La descripción de productos que ampara la marca solicitada y las leyendas que aparecen en el empaque, dejan claro que con la marca Fray’s pretendían identificar papas fritas y pasabocas”, señaló el documento de oposición.

Álvaro Correa, socio de la firma Baker & McKenzie, apoderada de Pepsico, indicó que “la oposición tuvo fundamento en los derechos previos de la compañía sobre la marca Lay’s. La oposición se presentó por las semejanzas ortográficas y fonéticas, así como las existentes entre los elementos de diseño de los signos en conflicto”.

La repuesta de Koba a la oposición estuvo orientada a defender que el signo solicitado tiene diferencias “desde el punto de vista ideológico, fonético y gráfico, lo que hace que sean completamente diferentes”. La expresión de Fray’s evoca el concepto de ‘desilacharse’ y Lay’s, hace alusión a una melodía o canción.

Pese a los puntos expuestos por Koba, la SIC, determinó que no eran suficientes para conceder el registro de Fray’s en la clase 29. La autoridad pública en la resolución de primera instancia, concluyó que los signos enfrentados podrían inducir al error y crear confusión en el consumidor, por lo que negó la solicitud.

La firma apoderada de Koba, MDE abogados consultores, después de la decisión de la SIC, consideró que la Superindustria no había tenido en cuenta el punto en dónde Koba explicaba que aunque los dos signos compartían las tres últimas letras, no las hacía confundibles, porque la parte inicial de las expresiones son diferentes y su pronunciación también. Para Correa, la SIC aceptó los argumentos de Pepsico y declaró que las marcas Fray’s y Lay’s eran similarmente confundibles. Agregó que “tales semejanzas podrían inducir al error a los consumidores respecto a la procedencia industrial de ambos productos”.

La decisión fue confirmada por el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial, en segunda instancia cuando se decidió el recurso de apelación presentado por Koba Colombia S.A.S., por lo que el fallo quedó en firme.

La opinión

Álvaro Correa
Socio abogado de la firma baker & Mckenzie
“La oposición se presentó por las semejanzas ortográficas y fonéticas entre los dos signos, así como las semejanzas existentes entre los elementos de diseño de los signos en conflicto, y el hecho de que la marca Fray’s era para identificar papas fritas y pasabocas”.

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.