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lunes, 8 de mayo de 2017

Básicamente, una minoría en Cajamarca, ha decidido por todos los colombianos, como si ellos fueran los dueños del oro que hay allí. Pero… un momento, Cajamarca no es la dueña de dichos recursos. Pertenecen a todos los colombianos y las consecuencias de la consulta las van a soportar todos los colombianos. O  es que acaso cuando la empresa a la que se le expropió de hecho demande internacionalmente a Colombia y obtenga una indemnización de cientos de millones de dólares, esa cantidad va a ser pagada por Cajamarca? O cuando el gobierno deba incrementar impuestos por falta de recursos fiscales derivados de la minería, Cajamarca va a indemnizar a los contribuyentes? O cuando un joven profesional o técnico no consiga trabajo porque la industria minera haya abandonado el país, Cajamarca lo va a contratar? 

La protección del interés particular de una minoría en Cajamarca ha prevalecido sobre el interés general de todos los colombianos.

Para proteger el interés general en la mayoría de los países de Latinoamérica el sector extractivo es competencia del poder central y no local. El único país de la región distinto es Argentina, donde dicha competencia es provincial, resultando en grandes diferencias regulatorias y de competitividad. Según los resultados de la encuesta minera del Instituto Fraser de Canadá (2016), hacer minería en distintas provincias de Argentina es como estar en diferentes países, donde la provincia más competitiva se ubica en el puesto 43 y la menos competitiva en el puesto 104 de 104 jurisdicciones estudiadas (Colombia está en el puesto 65). Por lo menos en el caso de Argentina, las consecuencias de las políticas provinciales solo afectan a los habitantes de dichas provincias, y no a la totalidad del país.

La prevalencia del interés general no implica el desconocimiento de los derechos de los cajamarquinos. Por el contrario, obliga al Estado a garantizar que los proyectos se realicen con estándares ambientales y técnicos y con un nivel de impacto manejable, que las comunidades fiscalicen la actividad y que a quien se cause un perjuicio directo sea debidamente indemnizado. Tampoco implica que las autoridades o las comunidades puedan ser rehenes de agendas ideológicas, de políticos locales, de criminales o de otros grupos de interés.

La legislación colombiana, de la Constitución Política hacia abajo, contiene las herramientas para garantizar tanto la prevalencia del interés general como la protección de los derechos de las comunidades. Apliquémosla sin distorsiones. Colombia no puede permitir que las agendas o ideologías particulares secuestren su futuro. Aprendamos de la tragedia de nuestros vecinos.