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  • Simón Granja

martes, 21 de octubre de 2014

Facebook cuenta con más de 1.230 millones de usuarios en el mundo, casi tanto como la población de la India, es decir, como el segundo país con mayor número de población. Tan alta reputación y reconocimiento conlleva que sea llamativa su marca.

En esta ocasión, la compañía Varbook solicitó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) el registro de la marca Facelook para distinguir lociones para después de afeitar, aceites esenciales, jabones, perfumes, desodorantes, cosméticos y otros.

“Es probable que el solicitante conociera la reputación de la marca e intentara aprovecharse de ello. Aunque no se habla de esto, la SIC lo tuvo en cuenta al momento de decidir. En este caso estoy de acuerdo con la decisión en el sentido en que la similitud es evidente y a la vez hay conexidad competitiva”, expresó la abogada especialista en propiedad industrial, Lola Kandelaft.

Una vez se publicó el extracto de la solicitud no se presentaron oposiciones; sin embargo la entidad pública encabezada por Pablo Felipe Robledo que está en la obligación por el artículo 150 de la decisión 486 de la Comunidad Andina a realizar el estudio de registrabilidad de toda marca solicitada como medida de protección al consumidor y a otras marcas, procedió a analizar el signo solicitado.

Durante el estudio, la Dirección de Signos Distintivos de la SIC encontró que existía el registro de la marca Facebook en las clases 9, 35, 36, 38, 41, 42 y 45 de la Clasificación Internacional de Niza.

Ante el cotejo de los signos, la Dirección determinó que Facelook reproduce parcialmente la estructura gramatical de Facebook y que esto generaría confusión indirecta, los consumidores crearían en sus mentes la idea de asociación entre los productos y servicios creyendo que son producidos por la misma compañía e induciendo al error.

Una de las clases en la cual está registrado Facebook es la 35 con vigencia hasta el 18 de febrero del 2021 que distingue servicios de mercadeo, publicidad y promoción, entre otros.

Siendo así, al realizar el estudio de conexidad competitiva entre las marcas cotejadas, la Dirección dijo “si bien los productos y servicios que reconocen ambas marcas están en clases diferentes, están relacionados y son complementarios, toda vez que, entre los servicios de mercadeo, publicidad y promoción, intercambio de productos a través de computador y redes de comunicación, pueden estar incluidos los productos que distingue el signo solicitado.

El abogado especialista en propiedad industrial, Eduardo Varela, de la firma de abogados Cavelier, explicó que “la Clase 35 de la nomenclatura internacional de marcas es, tal vez, la más amplia de todas, y los servicios de publicidad y de venta en tiendas minoristas podrían vincularse fácilmente con cualquiera de las otras clases”.

La Dirección añadió, “existe riesgo de confusión en los consumidores dado que los canales de distribución, divulgación o comercialización de estos productos y servicios pueden coincidir en el mercado”.

Ante la decisión tomada, Varbook apeló argumentando que no hay conexidad competitiva entre los productos y servicios que ambas marcas distinguen y que están dirigidos a diferentes grupos de consumidores.

A pesar de los argumentos expuestos, el superintendente delegado para la propiedad industrial, José Luis Londoño, se mostró de acorde a la decisión tomada por la Dirección, y añadió que hay una similitud gráfica entre ambos signos. Siendo así, confirmó la negación.

La opinión

Lola Kandelaft
Abogada Especialista en Propiedad Industrial de Muñoz Abogados

“Es probable que el solicitante conociera la reputación de la marca e intentara aprovecharse de ello. Aunque no se habla de esto, la SIC lo tuvo en cuenta al momento de decidir. En este caso estoy de acuerdo con la SIC puesto que la similitud es evidente”.

Eduardo Varela
Abogado Especialista en Propiedad Industrial de Cavelier Abogados

“Muchos empresarios no solamente registran sus marcas de productos en las clases respectivas de la nomenclatura, sino que también las registran en la Clase 35 para identificar los servicios de comercialización minorista o mayorista de esos productos”.

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