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  • Natalia Cubillos Murcia

martes, 4 de agosto de 2015

La compañía, representada por Luz Helena Adarve, abogada de Cárdenas & Cárdenas, aseguró que la marca mixta no era confundible pese a las oposiciones de Frisby y Permoda.

“Aún cuando comparten algunos elementos en común, se incluyen en la marca otros elementos que le aportan la suficiente distintividad y le permiten acceder al registro”, se señala en la resolución.

No solamente consiste en la expresión Pronto, defendió Adarve ante la SIC, “este elemento nominativo está diseñado con elementos gráficos propios y originales tanto en el tipo de letra como en su diseño y forma, así como los colores utilizados y la estructura general”. 

Para la delegatura de Propiedad Industrial, liderada por Jorge Luis Londoño, los análisis de la Dirección de Signos Distintivos fueron válidos y reiteró los argumentos. Aseguró que “encuentra que los signos enfrentados, después de un primer impacto general son susceptibles de crear confusión”, puesto que “reproduce las marcas previamente registradas”.

Además, argumentó Londoño en la resolución publicada que, al querer representar tiendas de conveniencia, es decir servicio de venta de alimentos y bebidas 24 horas, “los signos confrontados pretenden identificar servicios, que si bien están en diferentes clases internacionales, presentan fines complementarios y se promueven mediante medios de publicidad afines”. 

Mario Delgado Echeverry, de MDE Abogados Consultores,  señaló que en el caso específico de la oposición de Frisby, en el análisis de ese registro se debía hacer una comparación meramente nominal, excluyendo el elemento gráfico “debido a que las marcas en el mercado son identificadas por la expresión ya que el elemento gráfico es impronunciable”.

Por su parte, Mónica Wolf, apoderada de la marca Pronto de Permoda, sostuvo que al tener registrada la marca para distinguir prendas de vestir, accesorios, cuero, bisutería, y lentes “y en vista de su amplia trayectoria, se manifestó  que permitir la entrada al mercado de otra marca idéntica podría perjudicar los intereses de nuestro cliente”.

Durante el proceso, las dos instancias negaron la oposición de Permoda y aceptaron la de Frisby. Por ahora, sostuvo Wolf, habrá que esperar hasta diciembre para saber si  “Uno Honduras  intentará reversar esta decisión a través de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho ante el Consejo de Estado”.

La decisión de la Superindustria está en firme y la marca Pronto no tiene permiso para operar en las clases 42 y 43 de la  Clasificación Internacional de Niza por la solicitante.

Las opiniones

Mónica Wolf
Abogada de Wolf Méndez Abogados Asociados
“Permoda decidió presentar oposición a la solicitud de Pronto por cuanto consideró que podría generar confusión con su marca Pronto registrada para  prendas de vestir, accesorios, artículos de cuero etc.”.

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