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  • Ángela Sampayo

martes, 21 de octubre de 2014

El pleito entre Claro y Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá (ETB), que se ha disputado durante más de seis años, presentó ayer un nuevo panorama.

El Tribunal de Arbitramento de la Cámara de Comercio de Bogotá falló a favor de Claro ante la deuda millonaria que la ETB le ha estado cobrando desde el 2011, lo que representa para esta empresa la pérdida de más de $53.000 millones para sus planes de inversión.

La resolución del segundo de los tres tribunales hasta ahora realizados dice que Claro no tiene razón para devolver los US$33 millones que se le adeudan a la ETB. El mismo laudo establece que ante el incumplimiento del contrato de interconexión por el pago del precio convenido entre los dos operadores en noviembre de 1998, la ETB está obligada a cancelar dentro de los cinco días siguientes al fallo la suma de $31.000 millones por lo que se dejó de pagar por la diferencia en la liquidación de los cargos de acceso acordados entre las partes. A esto se suman los intereses por $20.473 millones y $1.964 millones por concepto de costos y agencias de derecho. Cobros que suman $53.437 millones.

Ante la resolución del Tribunal la ETB aseguró por medio de un comunicado que se compromete el patrimonio de la compañía. Esta asegura que la decisión de fondo admite inexplicablemente la aplicación de una norma derogada por la propia Comisión de Regulación de Comunicaciones y desconoce que la acción ya había caducado.

“Todo en contravía de la decisión de declararse incompetente para conocer del fondo del asunto, a pesar de que uno de los árbitros que integraba el Tribunal lo puso de presente e inclusive salvó su voto en ese sentido, y más grave aún, obviando que ya uno de los Tribunales de Arbitramento en días pasados se había declarado incompetente, con lo cual se desechó sin razones válidas la posición expresada por la Procuraduría General de la Nación y por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado”, reza el comunicado.

La ETB también asegura que se deja de lado la obligatoriedad de la aplicación de las normas de la Comunidad Andina de Naciones y la Interpretación Prejudicial emitida por el Tribunal de Justicia de la misma comunidad andina.

Antecedentes
En un inicio ETB y Comcel (actualmente Claro), firmaron un contrato de interconexión para que la empresa local se conectara con las redes móviles y que sus usuarios pudiesen llamar.

Para tal acuerdo se estipuló el pago de una cifra que la ETB incumplió pese haber tomado el servicio, por lo que Comcel recurrió a la justicia para iniciar el pleito que llega hasta las resoluciones conocidas el día de ayer por parte del Tribunal.

Desde un principio la empresa bogotana exigía que se le cobrara una tarifa por el uso de la red como se había acordado, que luego fue modificada por la CRC. Por lo que Comcel salió alegando que el pago y las reglas debían ser igual para todos los operadores.

Comcel tuvo la razón por parte de la justicia colombiana en 12 fallos emitidos, donde se ordenaba a la ETB pagar $87 millones por aquel servicio, quien después de seis años y ante una orden de embargo pagó la deuda en 2012. Sin embargo fue tal el desacuerdo ante esos mandatos que la compañía recurrió a instancias internacionales demandando a Colombia ante el Tribunal Andino de Justicia.

Las opiniones de las partes
“El Tribunal de Arbitramento de la Cámara de Comercio de Bogotá confirmó la decisión de otro tribunal del 2008, que ordenó a la ETB pagar a Comcel, los montos correspondientes al uso de la red de Comcel, de acuerdo con uno de los contratos de interconexión suscritos para tal fin.

Comcel, empresa respetuosa de la ley colombiana, que siempre ha acatado y acata las decisiones de las autoridades judiciales competentes, respeta la decisión del Tribunal de Arbitramento”, dice el comunicado de prensa difundido por Claro.

El pasado 20 de octubre la ETB aseguraba la derrota de Claro en su pretensión de tumbar el pago que se le adeudaba a la compañía, en la que fuera la primera resolución arbitral que decidía una de las demandas que presentó Comcel contra ETB, que concluyó que ese tribunal no era competente ya que la CRC ya se había pronunciado en el año 2004.

“La competencia para conocer de las controversias que surjan en ejecución de una interconexión son de conocimiento exclusivo y excluyente de la Autoridad Nacional Competente, CRC”, se lee en el documento.

En una entrevista realizada al presidente de la ETB, Saúl Kattan Cohen, este explicaba que el pleito estaba en ese momento en un proceso ejecutivo donde Claro ya había admitido la deuda. Hasta ese momento ya se tenía ganado el proceso ejecutivo en el Tribunal de Cundinamarca y se estaba a la espera del fallo de la apelación del Consejo de Estado por parte de Claro.

“Vamos a poder cobrar ese dinero o porque nos paguen o porque podemos ejecutar las garantías que ya se tienen. Lo cual es muy importante”, aseguró en su momento el alto ejecutivo.

Con estas nuevas condiciones se espera de la ETB dé a conocer su opinión ante el actual laudo. Habrá que ver si se toman otras medidas legales y si en los próximos días acatarán el mandato y pagarán dichos montos de dinero a Claro.

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