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jueves, 5 de marzo de 2015

Las conductas analizadas tienen origen en una denuncia presentada por Spain Pharma, S.A. en el año 2005 contra Pfizer y Sociedad Cooperativa Farmacéutica Española (COFARES). En 2009, la extinta Comisión Nacional de la Competencia (CNC) resolvió no incoar procedimiento sancionador y ordenar el archivo de las actuaciones seguidas, al considerar que en los hechos denunciados no se apreciaban indicios de infracción.

Con posterioridad, el Tribunal Supremo (en su Sentencia de 3 de diciembre de 2014), teniendo en cuenta el contexto jurídico y económico en que se desarrolla la actividad de distribución de medicamentos en el mercado nacional e interior y el contrato de suministro formalizado entre Pfizer y algunos distribuidores mayoristas (que incluye un sistema de doble precio), declaró que la conducta analizada podría obstaculizar el comercio paralelo en el interior de la Comunidad.

La incoación de este  expediente  no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.

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