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ANALISTAS

Injusticia contra Andrés Felipe Arias

jueves, 24 de julio de 2014
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En un injusto fallo político de la Corte Constitucional se condenó a 17 años de cárcel y se multó con 30.000 millones de pesos al exministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias Leyva, porque contrató directamente con el IICA, sin licitación pública, un convenio  típico de ciencia y tecnología en riego y drenaje. El convenio consistía en que esta dependencia de la OEA seleccionara y asignara las ayudas económicas de su programa Agro Ingreso Seguro -AIS. 
    
El abogado defensor de Arias, Jorge Aníbal Gómez, expresidente de la Corte, aduce que en la historia del Ministerio de Agricultura celebraron sus antecesores 167 contratos similares, sin mayores demandas, a los cuales les adicionó Arias solamente tres, para beneficio de 30.000 agricultores medianos y pequeños y para tan solo 40 familias acaudaladas que participaron con el siete por mil del universo de recursos, según certificación del exministro Juan Camilo Restrepo. 

Le explicó el abogado Gómez a la populista Corte que la Ley que autorizó AIS no era una ley asistencialista, con sentido de equidad social. Fue una Ley para poner a Colombia en condiciones de productividad y competitividad para los agricultores, tanto ricos como pobres, a la manera de los subsidios similares de Estados Unidos y demás competidores de Colombia en agricultura. 

Argumentó la Corte, además, en su fallo rencoroso y confuso, que este contrato, no convenio de cooperación con una entidad de la OEA, sirvió como disfraz para manipular a los adjudicatarios, lo cual se comprueba porque las oficinas del IICA se encontraban en el mismo piso de la oficina de Arias.  Los expertos del IICA declararon en el juicio que Arias no había intervenido en las adjudicaciones ni directa, ni indirectamente, ni sugerido, ni insinuado, que ni siquiera se cruzaron palabras. Arias no se apoderó de un solo peso. 

Afirmó el abogado Gómez que la Fiscalía consultó con la Universidad Nacional y con otras entidades privadas para saber si tenían capacidades tecnológicas para realizar las mismas tareas de los tres contratos y todos le contestaron que no disponían de tal  capacidad. La Corte Constitucional ignoró esta realidad.

Explicó Gómez, con relación a las familias costeñas acaudaladas que dividieron sus fincas para acceder a AIS, que fraccionar las áreas no estaba prohibido por ninguna ley, y que los principales beneficiarios retornaron los dineros recibidos cuando se politizó el tema. En relación con los aportes de estas familias a la campaña presidencial de Arias,  aclaró que ninguna de tales familias aportó ni un solo peso a la campaña aludida; pero reconoció que solo dos familias de apellido Fernández sí aportaron, una seis millones de pesos y otra diez, los mismos que devolvió la campaña tan pronto como se informaron de su lazos familiares con otros fraccionadores de tierras.  

Se quejó el abogado defensor Jorge Aníbal Gómez, finalmente, de que el arbitrario fallo de la Corte había tomado como ciertas algunas de las acusaciones NO probadas que fueron presentadas por la inefable Fiscalía General durante su juicio. Mi conclusión: el extenso fallo de la Corte se asemeja a un largo río lleno de meandros y de escombros de la Fiscalía.  

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