Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

  • Natalia Cubillos Murcia

viernes, 29 de mayo de 2015

La  Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en cabeza de Pablo Felipe Robledo, señaló que el estudio que tendría que sustentar la frase, es decir, el del Medcin Instituto de Pele, realizado en Brasil en junio de 2010, no arroja dicha conclusión. 

De hecho el estudio demuestra es que siete de cada diez mujeres encuestadas consideró que había tenido señales de mejoría mientras utilizó el producto, pero estos beneficios no fueron comprobados  científicamente, sino habría sido por percepción.

La decisión tomada es una medida cautelar con fundamento en el artículo 11 de la Ley 256 de 1996 y nació por la expresa solicitud de Unilever, que argumentó competencia desleal  y que fue presentada hace 15 días.

Contra ella proceden los recursos de reposición y apelación por parte de la compañía, pero mientras tanto, las medidas son de “obligatorio cumplimiento”.  Aunque la representante de Unilever es Camilo Gómez, Derecho de mercados, la firma sostuvo que no estaba autorizada para dar declaraciones. 

La compañía farmacéutica ya había estado incursa en otros procesos en los que no pudo comprobar las promesas que le había realizado a sus clientes.  Por ejemplo, y debido a la resolución del 26 de enero de este año, la compañía también tuvo que retirar un mensaje comercial en el que se establecía que la disminución de las arrugas se empezaba a notar con tan solo ocho semanas de uso y se ratificaron decisiones anteriores. 

Además, la compañía tuvo que pautar cinco anuncios en los mismos medios en los que decía que “por orden de la Superintendencia de Industria y Comercio, Genomma Lab Colombia informa que el producto Cicatricure, promocionado para la desaparición de arrugas, líneas de expresión y prevención en su aparición no cuenta con ningún sustento científico que demuestre su efectividad en 8 semanas, por tanto tiene prohibido hacer publicidad en sus folletos (...) sobre tales beneficios”. Como este pleito inició en 2011, y Genomma Lab interpuso todos los recursos a los que tenía derecho hasta 2013, se dejó en firme la sanción por 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes. 

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.