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  • Paula Viviana Suárez

martes, 15 de septiembre de 2015

Además del pago de la sanción ejemplarizante, según Fidel Puentes, superintendente delegado para Asuntos Jurisdiccionales; entre Ford y Janna Motors deberán pagar $119,9 millones al cliente, que es el equivalente al valor de la camioneta. En total son $248 millones que entre Ford y Janna Motors deben pagar por violar lo establecido en el Estatuto del Consumidor.

Mediante Ley 1480 de 2011, el Estatuto del Consumidor establece los derechos y deberes de los consumidores. Entre ellos está el derecho a  recibir productos de calidad, según el literal 1.1 del artículo 3 y el derecho a la reclamación, según el literal 1.5 del artículo 3.

Amparado en esta normativa, el cliente de Ford que compró una camioneta en un concesionario de Janna Motors en Barranquilla, decidió acudir a la SIC para hacer valer sus derechos. La camioneta presentó fallas técnicas en varias ocasiones y el cliente solicitó un cambio del producto o la devolución de su dinero, ya que se encontraba en el término establecido por la garantía. Sin embargo, ni el Janna Motors ni Ford respondieron a la solicitud y el consumidor acudió a la SIC.

En este caso,  ni Ford ni Janna Motors optaron por devolver el dinero o cambiar el producto al consumidor y, por eso,  la SIC ordenó devolver $119,9 millones al consumidor, que corresponden al valor de la camioneta; y les impuso una multa por no respetar los derechos del consumidor, establecidos en el Estatuto del Consumidor.

“Cuando hay una falla reiterada en el producto, como ocurrió en este caso, y todavía no ha caducado la vigencia de la garantía ofrecida, el productor o proveedor tiene el deber de cambiar el bien o devolver el dinero al consumidor”, aseguró Puentes.

Para Eduardo Varela, apoderado del consumidor demandante, “este fue un caso difícil porque la prueba de que la camioneta estaba dañada la tenía exclusivamente el concesionario, quien siempre sostuvo que el vehículo funcionaba perfectamente”.

Contra la decisión en primera instancia de la demanda judicial, procede el recurso de apelación que ya fue interpuesto por Ford y Janna Motors ante la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. Sin embargo, interponer la apelación no exime a Ford ni a Janna Motors de pagar la sanción.

Las opiniones

Fidel Puentes
Delegado para Asuntos Jurisdiccionales (SIC)

“La Ley dispone que en estos casos se puede poner una multa cuyo único propósito es invitar a los productores y proveedores que respeten los derechos de los consumidores y evitar sanciones de este tipo”.

Eduardo Varela
Socio de Cavelier

“Ford y Janna deben devolver el dinero a mi cliente y pagar la millonaria multa dentro del plazo de 10 días que establece el fallo, o el recurso de apelación será declarado desierto y la decisión quedará en firme”.

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