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martes, 21 de julio de 2015

La cancelación por no uso puede ser solicitada como defensa en un proceso de oposición; también puede utilizarla el solicitante a quien se le niega un registro con fundamento en una marca no usada; o, simplemente, puede solicitarla alguien que esté interesado en registrar la marca no usada o una similar.

A continuación algunos puntos para tener en cuenta:

En cuanto a la forma, el uso de la marca debe ser real y efectivo. No basta con la simple intención de usarla o con la publicidad de la misma, sino que el uso debe manifestarse externa y públicamente, mediante la prueba de la venta o disposición de los bienes o servicios a título oneroso, como verdaderos actos de comercio.

Por lo que respecta a la intensidad, no existen cantidades mínimas en cuanto a la cantidad y volumen de bienes comercializados a manera de uso de la marca. El elemento cuantitativo para establecer el uso de la marca dependerá del producto o servicio de que se trate y de las características de la empresa que usa la marca. Por ejemplo, la venta de dos aviones en un año puede ser suficiente para demostrar uso, pero no así la venta de dos bultos de maíz. La pauta que ha establecido la jurisprudencia es que el uso debe ser serio, de buena fe, normal e inequívoco.

El uso de la marca debe ser constante durante los tres años consecutivos anteriores a la fecha en que se solicitó la cancelación. Por “constante”, ha dicho el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, se debe entender un uso persistente y durable en el tiempo, y continuamente reiterado con firmeza y perseverancia.

La marca puede ser usada por su titular, por un licenciatario o por otra persona autorizada para usarla. 

La marca puede ser usada en cualquier país de la Comunidad Andina. Así, una marca registrada en Colombia pero usada en Perú, no podrá ser cancelada por no uso. La marca también se considera usada cuando distingue exclusivamente productos que son exportados.

Con relación al uso de la marca en forma diferente a como fue registrada, si la diferencia entre la forma como se registró la marca y la forma en que se usa es sólo en cuanto a elementos o detalles secundarios, la marca no podrá ser cancelada. 

La cancelación puede ser total o parcial: Si sólo se prueba uso con relación a determinados productos o servicios amparados, la marca será cancelada parcialmente.

Corresponde al titular de la marca probar el uso. El uso de la marca puede probarse por diferentes medios, entre ellos mediante facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de revisores fiscales. Es importante verificar que en las facturas comerciales se identifique el producto por marca, para facilitar la prueba de uso.

La cancelación por no uso no procede cuando el titular demuestre que la falta de uso se debió a una situación de fuerza mayor o caso fortuito o a otro motivo justificado. 

Esté atento a usar su marca en la forma en que fue registrada y conserve los documentos que le permitirán probar ese uso, para evitar así que su marca sea cancelada.