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lunes, 20 de enero de 2014

La decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca de suspender la destitución, al señor Gustavo Petro como alcalde de Bogotá, puede entenderse de diferentes maneras; en primer lugar vale destacar la absoluta legalidad de la decisión de la Procuraduría General de la Nación, desde la perspectiva constitucional y legal, también desde un plano objetivo teniendo como referentes las decisiones del máximo “juez” en asuntos disciplinarios, que tiene como función primaria disciplinar a todo funcionario público, sea este nombrado o elegido popularmente, como es el caso del señor Petro.

La Procuraduría ha sido el ente de control que mayor desempaño ha tenido en los últimos años, desde luego quien está a cargo de esta institución democrática ha logrado permear en la sociedad un alto grado de confianza en lo que respecta a su actividad, desde inhabilitar y destituir a concejales de municipios recónditos y desafortunados, pasando por gobernadores “todo poderosos”, funestos y siniestros, en departamentos importantes por su manejo de regalías como por ejemplo en el departamento del Casanare, igual suerte llevo el señor Samuel Moreno por el desastre de Bogotá.

La difícil situación que ha tenido que padecer Bogotá por cuenta de siniestras administraciones, deja serias reflexiones frente a las “ganas” que pueden tener los ciudadanos de elegir personas como: Garzón, Moreno y Petro. Hoy muchos incluso cercanos al destituido Petro tienen claridad del desastre que vive la principal ciudad de Colombia; la defensa del administrador de turno han sido las “imaginarias” líneas de un metro que pide la ciudad hace más de 35 años, la difícil movilidad, el deterioro de la malla vial y los altos índices de inseguridad, claramente en Bogotá nadie está exento de atracos, riñas, perturbaciones al espacio público y al caos generalizado que hoy se vive. 

Una de las principales funciones de la Procuraduría General de la Nación como ministerio público, es velar por los intereses generales, la observancia al ordenamiento legal por parte de los funcionarios, y evitar a toda costa daños antijurídicos a los ciudadanos por parte del Estado; las “argucias” del señor Petro no deben preocuparnos, hacen parte de su estrategia de defensa y están previstas y consagradas en el Estado de Derecho, cuando existan vulneraciones a los derechos constitucionales que al ex alcalde le asisten, derechos que fueron respetados por el ente de control, situación prevista por quien impuso la sanción. 

La “tutelitis” que promovió de manera temeraria el señor Petro y su equipo de defensa, no es una novedad, tampoco ha sido el único en promover instrumentos similares al verse ad-portas de una destitución del máximo “juez” en asuntos disciplinarios; volviendo al departamento del Casanare se vivió una situación muy similar, cuando un destituido e inhabilitado gobernador promovió todo tipo de “argucias” para quedarse en el cargo, logro quedarse un corto tiempo luego de ser inhabilitado y destituido, porque así como en el caso de Petro, un operador judicial “simpatizante” le otorgo el derecho vía acción de tutela, lo más lamentable de esto es que Petro ha logrado perfeccionar de alguna manera lo mismo que han hecho quienes han sido objeto de sus suspicaces señalamientos y críticas.

La sanción se dio por el cambio de modelo en el esquema de recolección de basuras en Bogotá, porque según el exalcalde el esquema estaba tomado por carteles, a esos mismos que les renovó los contratos a dedo con “gabelas” que antes no tenían, desde luego después del caos; han existido muchos casos en los que acciones de tutela suspenden de manera provisional un fallo de destitución de la procuraduría, no es el primero, y ello se hace no porque el ente de control no tenga la razón, sino en virtud del acceso recto y eficaz a la administración de justicia, para que el día de mañana la Cidh no diga que a Petro se le vulneraron sus derechos, así las cosas por la “salud” de lo que nos queda de ordenamiento legal, el fallo de destitución debe quedar en firme y ejecutarse por parte del Gobierno Nacional.