Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

viernes, 31 de marzo de 2017

¿Quién diligencia y actualiza el registro?
Las entidades públicas deben diligenciar el registro y actualizar la información, tanto de las llamadas APPs que sean de su propia iniciativa como de aquellas de iniciativa privada que les hayan sido presentadas por los particulares.

¿Qué importancia tiene el Registro Único de Asociaciones Público Privadas?
En primer lugar el RUAPP determina el orden de llegada y prelación de las APPs de iniciativa privada para su evaluación por parte de la entidad competente. 

En consecuencia, en caso de presentarse más de una iniciativa sobre un mismo proyecto, la entidad solamente podrá estudiar la primera que se haya registrado en el RUAPP; la siguiente iniciativa presentada sobre el mismo proyecto será estudiada solo si la primera iniciativa no es declarada viable, y así sucesivamente si llegare a haber más de dos iniciativas.

En segundo lugar, el  RUAPP es una fuente de información en permanente actualización. Todos los proyectos de APP, tanto aquellos que sean originados por las entidades públicas como los que son de iniciativa de los particulares, deben ser registrados en esta base de datos, por lo que los inversionistas, los estructuradores y en general cualquier interesado tienen acceso a la información básica de todos los proyectos a nivel nacional y territorial. En consecuencia, el RUAPP es una herramienta que sirve para tomar decisiones de inversión y para detectar sectores en los cuales los particulares pueden contribuir con la estructuración y ejecución de proyectos de Asociación Público Privada.

¿Quién administra la información del RUAPP?
El Departamento Nacional de Planeación (DNP) es el encargado de la administración de esta base de datos, lo que le garantiza a los estructuradores privados de APPs que su registro será realizado de una manera técnica y no politizada, por parte de una entidad que tiene el mismo rango de un ministerio.  

El DNP publica un informe trimestral en el que analiza, gráfica y resume los datos reportados por las entidades públicas en el RUAPP. El reporte incluye un panorama general de las APPs en el país: un acumulado general discriminado por tipo de iniciativa (pública o privada, con o sin recursos públicos), cuáles son las entidades con mayor número de iniciativas bajo estudio, cuántas iniciativas se encuentran en prefactibilidad, cuántas en factibilidad y cuántas han sido rechazadas, cómo están repartidas las iniciativas por distribución geográfica y cuáles son los principales sectores en los que se presentan proyectos de APP.

¿Qué falta?
La normatividad vigente no determina una obligación ni unos plazos para que las entidades públicas actualicen la información y, además, contiene una delimitación muy escueta de lo que las entidades están obligadas a registrar en el RUAPP. No es claro qué información se debe actualizar ni cuándo. Es recomendable la expedición de una reglamentación que permita corregir estas inconsistencias para que los interesados podamos conocer el estado de todos los proyectos en tiempo real.