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  • El Colombiano

jueves, 18 de septiembre de 2014

Establecer que de ahora en adelante el Presidente de la República no podrá objetar actos reformatorios de la Constitución y pasar la página del suceso de la fallida reforma a la Justicia, fueron algunas de las enseñanzas que deja el fallo del Consejo de Estado, que anuló el decreto por el cual se convocó al Congreso de la República a sesiones extras para que estudiara las objeciones del presidente Juan Manuel Santos, en contra del fallido acto legislativo, conceptuaron analistas consultados por El Colombiano.

En su momento, hace dos años, la decisión generó tanta polémica que el presidente Santos anunció que asumía toda la responsabilidad política y jurídica por hacerlo. Sin embargo, recuerdan los analistas, el único que asumió dicha responsabilidad fue el ministro de Justicia Juan Carlos Esguerra, quien renunció al cargo, indicando que aceptaba la responsabilidad política y el costo de la reforma.

Es de recordar que el decreto 1351 de 2012, por el cual se convocó al Congreso a sesiones extraordinarias, argumentó “que ninguna norma de la Constitución prohíbe, de manera, explícita la presentación de objeciones gubernamentales contra actos legislativos”.

Ahora bien, el debate sobre la reforma a la Justicia revivió este año, luego de que la sala plena del Consejo de Estado estudiara una ponencia de la magistrada María Claudia Rojas Lasso, alegando que la citación a sesiones extras fue inconstitucional y, en consecuencia, que todo lo allí sucedido no tiene validez. La magistrada le dijo a Colprensa, además, que no está expresamente conferida la facultad del presidente para objetar actos constitucionales y que “no podía hacerlo”, como sucedió con la reforma a la Justicia.

El “súperministro” de la Presidencia, Néstor Humberto Martínez, aseguró que el Gobierno acatará el fallo del Consejo de Estado sobre la fallida reforma a la Justicia, que no revivió el polémico acto legislativo, sino que mantuvo el archivo que el Congreso hizo de la iniciativa en junio de 2012. “El Consejo de Estado al establecer la nulidad del decreto que convocó a las sesiones extraordinarias, dijo expresamente que la nulidad regirá hacia adelante. Estamos obligados todos a acatar y cumplir el fallo”, dijo el funcionario.

LAS LECCIONES DEL FALLO
Luis Fernando Álvarez, expresidente del Consejo de Estado, indicó que esta sentencia tiene una doble lectura y que son bastante complejas. “El Consejo de Estado dijo que el decreto por medio del cual el presidente convocó a sesiones extras es nulo”.

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