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Denominaciones de origen sobre el Atrato

miércoles, 19 de noviembre de 2014
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Juan Carlos Martínez Salcedo

El húmedo calor tropical me abrazaba mientras disfrutaba de un delicioso jugo de guayaba agria, sentado sobre las palizadas que sirven como refugio para los comensales de La Paila de La Abuela, aguardando por un arroz con longaniza, el sancocho de pescado y el filete de robalo, que se cocía por las sabias manos de aquellas quibdoseñas pertenecientes a la Red Departamental de Mujeres Chocoanas.

Pues justamente allí se me pregunta sobre la posibilidad de proteger un signo distintivo que diera cuenta de aquellas bondades particulares que pudieran tener los productos que, por las condiciones geográficas, climatológicas y ambientales, pudieran ser comunes entre sí, sin importar el origen empresarial.

Mientras escuchaba a mi interlocutora, pensaba en las Indicaciones Geográficas: bien denominaciones de origen, bien indicaciones de procedencia. Pero…

¿Qué son las denominaciones de origen? 
Son signos vinculados a un país, una región o un lugar específico, que se utiliza en el mercado para informar respecto del lugar del cual es originario el producto, y ciertas calidades o características de las cuales goza, por su vinculación a dicho ámbito geográfico, con ocasión de las condiciones naturales, climatológicas o humanas.

¿En qué se diferencia una Denominación de Origen de una indicación de procedencia? 
Las indicación de procedencia son aquellos signos que se utilizan en el mercado, para hacer informar o evocar el país, la región, la localidad o el lugar, del cual provienen, sin más, los productos a los cuales se asocian. Así las cosas, no es un requisito exigible para su uso que dichos productos compartan ciertas características o cualidades vinculadas al lugar de procedencia -como sí ocurre con la denominación de origen-, para que puedan ser utilizados por los empresarios de dicha región.

¿Cuándo puede utilizarse una denominación de origen?
Declarar que un signo es una denominación de origen corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio, de oficio o a solicitud, remitida por quienes estén legitimante interesados en obtener su reconocimiento como tal, por estar vinculados a la extracción, producción o elaboración del producto que se pretende amparar con la denominación de origen. 

La Decisión 486 también reconoce legítimo interés a las asociaciones de productores y a las autoridades estatales, departamentales o municipales siempre que la denominación de origen este enmarcada dentro de su circunscripción territorial.

¿Qué signos no pueden ser utilizados como denominaciones de origen?
Los signos que NO cumplan con la función de información del origen del producto, así como aquellos que estén constituidos por expresiones comunes o genéricas, las contrarias a las buenas costumbres, al orden público o que puedan inducir al consumidor a error sobre la procedencia geográfica, la naturaleza, el modo de fabricación, la calidad, entre otros atributos del producto, que será distinguido con la denominación de origen, no podrá ser considerada como tal.

¿Qué tiempo de duración tiene el reconocimiento que hace la SIC sobre la denominación de origen?
La denominación de origen tiene una vigencia de 10 años, estando condicionada a la subsistencia de las condiciones que dieron lugar a su reconocimiento; sin embargo, si al acaecimiento de dicha vigencia las condiciones que motivaron su reconocimiento se mantienen, la SIC podrá extender su protección a solicitud de los interesados.

¿Quiénes pueden utilizar una denominación de origen?
La SIC autoriza el uso de una denominación de origen a los productores, fabricantes o artesanos que resulten interesados en utilizarla, en razón a las cualidades y características de fabricación, producción y elaboración de sus productos 

Aún hay muchas cuestiones que abordar sobre las denominaciones de origen, pero el calor en incesante y el jugo de guayaba agria hace mucho rato se acabó; es momento de ir a recorrer el malecón de Quibdó para sentir la brisa fresca que acompaña el viaje sin retorno de sus aguas.

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