Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

martes, 2 de junio de 2015

A este alto número de abogados se suma que en Colombia tanto la habilitación legal para el ejercicio de la profesión, como la investigación e imposición de sanciones por faltas disciplinarias, se encuentran en cabeza del Estado. Para el momento en el que esto se escribe, sin perjuicio de lo que suceda con el proyecto de equilibrio de poderes, el primer asunto corre por cuenta de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, mientras que el segundo se encuentra asignado a las Salas Disciplinarias de los Consejos Seccionales y del mismo Consejo Superior.

En ambos aspectos el esquema incorporado en la Ley 270 de 1996 ha dejado mucho que desear. En especial el tema de la habilitación: con semejante número de profesionales dispuestos a ofrecer sus servicios, sería deseable que el ejercicio profesional se hiciera previa la aprobación de un riguroso examen, en el que los abogados pudieran exponer los conocimientos mínimos, no solo para prestar un buen servicio a las ciudadanos, sino también para hacer un uso razonable de la administración de justicia. Sin embargo la expedición de la tarjeta profesional no es sino el resultado de un trámite administrativo en el que no hay ninguna indagación de las calidades profesionales de quien la solicita.

Se dirá que este examen sería innecesario cuando ya el abogado ha tenido que superar toda suerte de pruebas en su respectiva facultad. Sin embargo, una cosa es graduarse de abogado, y otra muy diferente es estar listo para ejercer la profesión. Pero aún hay más: la tarjeta profesional debería renovarse periódicamente, dada la inevitable evolución legislativa y jurisprudencial. La laxitud con que se ha obrado en el país en este tema ha derivado en prácticas indeseables: el alto número de abogados, con acceso ilimitado y sin ningún control a la administración de justicia, ha generado una clara sobreoferta, con la consecuente afectación de la calidad de los servicios.

En cuanto a la investigación y juzgamiento de la faltas de los abogados, las Salas Disciplinarias han estado envueltas en los mismos problemas que aquejan a la rama judicial en general: a los distintos escándalos de varios de sus magistrados, se suma la mora y la consabida ineficiencia en este tipo de trámites, a lo cual coadyuva el alto número de tutelas que ante aquellas se formulan a diario.

En este punto y hora parece factible un cambio importante: en la reforma sobre el equilibrio de poderes se ha propuesto que el asunto disciplinario quede a cargo de un Colegio Nacional de Abogados, mientras que la expedición de la tarjeta profesional estaría a cargo de la Gerencia de la Rama Judicial, al menos hasta que se expida la correspondiente ley estatutaria. En esta última deberán quedar regulados ambos asuntos en su integridad. De aprobarse la reforma constitucional que actualmente cursa en el Congreso, la expedición de dicha ley surge como una importante oportunidad para que el ejercicio profesional de la abogacía se dignifique. En ese trámite legislativo, los abogados deberíamos intervenir vigorosamente, a fin de no seguir siendo ajenos a los debates que directamente nos conciernen.