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lunes, 23 de septiembre de 2013

El Ministerio de Defensa ha presentado un proyecto de ley que busca combatir la micro criminalidad y golpear por esta vía las finanzas de las denominadas organizaciones criminales. Sin embargo, lejos de resolver problema alguno, y combatir de manera eficiente la criminalidad, este proyecto llevará a la parálisis las investigaciones criminales y, lejos de resolver la problemática de este fenómeno delictivo, aumentará los problemas sociales multiplicando las infracciones a la ley penal. Sobre ello, nuestra columna de hoy.

Se trata de un proyecto de ley que se enfoca en cuatro fenómenos delictivos concretos, que, naturalmente, preocupan a la ciudadanía, pero, a los cuales se les da un tratamiento absolutamente equivocado en esta propuesta, como son, la extorsión, el micro tráfico de estupefacientes, el contrabando, y la delincuencia juvenil. 
 
En punto de la extorsión, se trae como gran novedad el que la misma pasa a ser un delito contra la libertad individual cuando la misma, desde siempre, se ha considerado, no solo en Colombia, sino en el planeta entero, un delito contra el patrimonio económico. Lo que se busca, es que el solo acto de constreñir a una persona para dar, hacer u omitir algo genere ya el delito de extorsión consumada y no una mera tentativa, como en la actualidad. Hasta allí, la cuestión puede considerarse acertada, si no es porque este delito ya existe en nuestra legislación bajo el título de constreñimiento ilegal. 
 
Por demás, el proyecto introduce una forma de tentativa dentro del mismo artículo, con una reducción de pena diferente a la que aplica para el resto de delitos, con lo que volvemos a una técnica legislativa de la época de las cavernas, y que se superó en el siglo XVIII con la división entre la parte general y especial de los Códigos Penales. Así pues, que es un delito cuya aplicación será absolutamente problemática pues no se deslinda claramente del constreñimiento ilegal, y la técnica legislativa que se emplea nos recuerda los tiempos anteriores a la Revolución Francesa. 
 
Como si fuera poco, a la hora de atacar el contrabando se criminalizan prácticas como la no declaración o el ocultamiento de bienes que se importan al territorio nacional, sin importar la cuantía. Así, si usted ingresa al país con un producto de origen natural, como un champú, sin declararlo ante las autoridades aduaneras, de convertirse este proyecto de ley en realidad, tendrá una pena de mínimo cuatro años de cárcel. 
 
Pero lo más grave es el conato de criminalizar la actividad de los denominados pimpineros, al penalizar el contrabando de hidrocarburos sin importar la cuantía del hecho. Así, de convertirse este proyecto de ley en realidad, quienes introducen combustibles al país en una cuantía mínima, actividad a la que se dedican cientos de compatriotas en las fronteras colombianas, serán criminalizados.  
 
La consecuencia natural no puede ser peor. Mientras el proyecto aboga por combatir las formas de microcriminalidad, amplía sustancialmente los delitos y el número de hechos que pasarán a considerarse delictivos, con lo que los mismos funcionarios que hoy se dedican a la justicia penal tendrán que investigar un número mayor de hechos, generando un colapso en la justicia, que no tendrá como responder, ni frente a estos hechos, ni frente a los más graves. Así pues, que lejos de cumplir su propósito esta nueva normatividad multiplicará la criminalidad, al volver absolutamente ineficiente el sistema de justicia. 
 
La respuesta a los problemas sociales jamás la podrá generar la criminalización simbólica de cientos de comportamientos. En vez de meter a la cárcel a los pimpineros, debemos darles opciones de trabajo formal, remunerado como corresponde, y revisar el sistema de precios de los combustibles, poco menos que vergonzante.