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  • Ana María Bedoya Jiménez

jueves, 6 de junio de 2013

Luego de que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) negó el signo ‘King de Pollo’ a Burger King Corporation, la estadounidense acudió al Consejo de Estado para que revocara la decisión y le permitiera registrar su marca.

No obstante, el Alto Tribunal, al realizar el análisis y recibir la interpretación prejudicial del Tribunal de la Comunidad Andina resolvió confirmar la decisión de la SIC.

Burger King buscaba que se declarara nula la Resolución No. 08350 de 14 de mayo de 1998, expedida por la Dirección de Signos Distintivos de la Superindustria, mediante la cual declaró fundada la oposición presentada por la sociedad Kokoriko Ltda, con base en la marca mixta “King Line” y, en consecuencia, negó el registro de “King de Pollo” para la Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza, solicitada. Además, la Resolución No. 12522 de 8 de junio de 2004, por medio de la cual la misma dependencia, en respuesta al recurso de reposición, confirmó la anterior.

Esta disputa inició el 1 de noviembre de 1996 cuando Burger King solicitó el registro de la marca para distinguir carne, pescado de la clase 29 Internacional. Al respecto, Kokoriko por King Line y Fabio Ramírez Gómez por Whopper King presentaron oposición.

En este sentido, la División de Asuntos Distintivos, hoy Dirección de Signos Distintivos declaró infundada la oposición de Ramírez Gómez y fundada la de Kokoriko y en consecuencia negó la marca.

Dentro de los argumentos de la actora estaban que la marca solicitada tenía un tipo especial de letra, siendo la palabra “pollo” una expresión de procedencia o indicativa, signo que se emplea para distinguir productos de la Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza; que se trataba de un diseño indivisible formado por un todo novedoso que cumplía plenamente con el presupuesto de representación gráfica. Además, que no se encontraba afectada por la existencia previa de la marca “King Line”, para la Clase 42, pues se trataba de signos diferentes en lectura y escritura, que es lo que retiene la imaginación de sus innumerables consumidores.

Destacó que tenía registrada la marca “Burger King” para las Clases 29, 30 y 42, y que siendo la palabra King su marca base, buscaba una nueva modalidad acompañada de la palabra indicativa “pollo”, lo que la hace más distintiva. Así mismo, consideró que la entidad demandada (Superindustria) no realizó un examen minucioso del signo, “lo limita y fracciona las partes nominativas, omitiendo tanto el diseño de las marcas base de la oposición como el tipo de letra de la marca solicitada.”

Por su parte, la Superindustria argumentó que existe posibilidad de confusión entre las marcas enfrentadas y aún más teniendo en cuenta que distinguen productos de la misma clase. “Los signos en confrontación cuentan con un elemento común, cual es la expresión “King” y sobre la que recae la distintividad de los signos, y pese a que el signo solicitado se encuentra acompañado de la expresión “De Pollo”, no adquiere la distintividad requerida para acceder al registro”, advirtió.

En este sentido, el Consejo de Estado dio la razón a la Superintendencia de Industria y Comercio y procedió a negar las pretensiones de la demanda.

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