Análisis
- DÓLAR $1,841,35
- EURO $2,369,63
- CAFÉ US$1.6
- PETRÓLEO US$96.02
- DTF %3.98
- IGBC PTOS.13,342,95
- UVR PTOS.206.2430
La dinámica es la siguiente: Piénsese en un conductor de un automóvil que por una falta de atención atropella a un peatón, y éste sufre unas lesiones de consideración. Según la ley penal colombiana, se abre un proceso contra el conductor del vehículo pues una persona sufrió lesiones personales. En la mayoría de los casos, al conductor del vehículo lo ampara una póliza de seguro de automóviles que además de la cobertura por daños a terceros cuenta con asesoría jurídica para atender el proceso correspondiente. Esta representación del conductor, como lo muestra la realidad, será asumida por un abogado externo contratado por la aseguradora misma y no uno de su confianza, pero abogado al fin y al cabo.
Terminó el período de transición que la misma ley 1581 de 2012 había otorgado para dar cumplimiento a sus prescripciones.
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