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  • María Neira Tobón

martes, 10 de mayo de 2016

¿Pueden las empresas que desarrollan actividades multinivel exigir a sus vendedores afiliados la compra de un inventario mínimo? 
Es posible que las empresas multinivel pacten la compra de un inventario mínimo en el contrato que celebren con sus vendedores. Sin embargo, es importante tener en cuenta que será nula cualquier cláusula que de alguna manera obligue al vendedor a adquirir o comprar una cantidad superior al inventario mínimo originalmente pactado en el respectivo contrato. 

¿Pueden las empresas multinivel pactar cláusulas de exclusividad o permanencia con sus vendedores? 
Las cláusulas de exclusividad y permanencia están prohibidas en ese tipo de contratos. Lo anterior quiere decir que los vendedores pueden afiliarse a múltiples compañías multinivel y tienen el derecho de terminar el contrato unilateralmente en cualquier momento. 

¿Es permitido que las empresas multinivel remuneren a sus vendedores por afiliar a nuevos vendedores?
Las compensaciones o beneficios económicos que se paguen a los vendedores deben guardar siempre una relación de causalidad con la venta de los bienes y servicios que sean ofrecidos por la empresa. Esto quiere decir que el sólo hecho de vincular a nuevos vendedores no puede dar lugar al pago de una compensación o beneficio económico de ninguna naturaleza. 

¿Las compensaciones a los vendedores pueden ser pagados con derechos de re consumo?
Las compañías multinivel pueden pagar hasta el 50% de las compensaciones con derechos de re consumo sobre los productos o servicios promovidos. Sin embargo, el vendedor podrá rechazar libremente ese tipo o forma de compensaciones. 

¿Pueden las compañías multinivel operar únicamente a través de sus vendedores afiliados?
No, ya sea que se trate de una sociedad Colombiana o de una sucursal de sociedad extranjera, es obligatorio que cuenten al menos con un oficina abierta al público de manera permanente. Para el caso de sociedades constituidas en Colombia, dicha oficina abierta al público debe inscribirse en la Cámara de Comercio como un establecimiento de comercio. 

¿Quién ejerce control sobre las empresas multinivel?
Las empresas multinivel son empresas que se encuentran vigiladas y controladas por la Superintendencia de Sociedades, entidad que cuenta con amplias facultades para tales efectos y que, en la actualidad, ha ejercido dicho control de manera exhaustiva. La Ley 1700 de 2013 faculta a la Superintendencia de Sociedades para realizar inspecciones a las instalaciones de las empresas multinivel, evaluar sus planes de compensación, revisar todos los libros de contabilidad, iniciar procedimientos administrativos y sancionatorios, así como suspender las actividades desarrolladas por las empresas multinivel como medida de prevención, entre otras. Por lo tanto, es importante que dichas compañías sean especialmente cumplidas con todos los requisitos legales que se le exigen, teniendo en cuenta su “visibilidad” y “exposición” frente a la Superintendencia de Sociedades.

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