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INFRAESTRUCTURA

APP una valiosa herramienta para la gestión pública

sábado, 30 de agosto de 2014
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Ernesto Ortiz Díaz

Las Asociaciones Público Privadas (APP) son herramientas jurídicas que permiten vincular capital privado al cumplimiento de los fines estatales, las cuales se cristalizan en un contrato administrativo. De manera general, una APP es un acuerdo, en virtud del cual, un particular se compromete a prestar servicios o a ejecutar labores que usualmente son responsabilidades estatales, a cambio de lo cual, adquiere el derecho de explotar comercialmente algún bien público o, simplemente, a percibir un flujo de recursos.

Estos contratos son atractivos para la administración pública porque mientras los particulares hacen una inversión en un proyecto determinado, se liberan recursos del Estado para que este pueda invertirlos en el cumplimiento de otro propósito constitucionalmente relevante.

Así, por ejemplo, mediante una APP pueden desarrollarse carreteras, puertos y aeropuertos con inversión privada, mientras que se libera espacio fiscal para invertir en el cumplimiento de otros fines estatales que no son susceptibles de explotación comercial, como la educación o la salud. Otro incentivo es el hecho de que en algunos casos el sector privado puede ser más en la prestación de un servicio, y estos contratos, permiten vincular estas eficiencias a la gestión pública.

Sin embargo, no debe crearse la falsa idea de que las APP son útiles en todos los proyectos o frente a todas las necesidades estatales. Será el contexto y las características de cada proyecto, las que determinen si resulta lo más conveniente al interés general el uso de una APP o la prestación directa del Estado del servicio demandado. Así mismo, el mecanismo en mención no puede entenderse como la solución a la debilidad institucional, pues el éxito de esta figura reposa, en buena medida, en que el diálogo entre el sector público y el privado tenga una fuerte contenido técnico.

En Colombia las APP existen hace varias décadas bajo las figuras de concesiones de transporte y de explotación de recursos naturales. Sin embargo, recientemente con la expedición de la Ley 1508 de 2012 se marcó un nuevo inicio de estas alianzas, pues sistematizó la normatividad existentes, amplió el espectro de aplicación, impuso a los particulares la carga de prestar servicios bajo estándares de calidad para poder percibir la retribución de su inversión y creó nuevos incentivos a la presentación de las iniciativas privadas. Este último aspecto ha sido el que más ha suscitado interés, pues ha representado la posibilidad de que los particulares jueguen un papel mucho más activo en la generación y formulación de proyectos, sin necesidad de sentarse a esperar las invitaciones estatales a participar en los mismos.

Al margen de los ajustes normativos que se han venido produciendo, para que el país pueda explotar todo el potencial de las APP es necesario que: (1) las instituciones encargadas de gestionar estos contratos tengan gran fortaleza técnica; (2) los gobiernos nacional y regionales cuenten con una gran capacidad de planeación que le permita determinar cuáles son sus necesidades y prioridades y; (3) que desde el principio de la relación contractual estén determinados con claridad cuáles son los riesgos que cada parte asume en el contrato, esto es, cuáles son los alcances y límites de las obligaciones y de la responsabilidad estatal como de los privados.

En suma, las APP son una herramienta de gestión pública muy valiosa, pero su potencial solo puede ser explotado, si se utiliza en los sectores y los casos que el interés general así lo señale y el Estado sea capaz de responder adecuadamente a los retos que estas suponen.

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