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EMPRESAS

“Quien entra a reorganización es porque considera que puede salir adelante”

sábado, 10 de octubre de 2015
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Gabriel Forero Oliveros

¿A cuántas empresas ha cobijado la Ley 1116 desde 2006? 
Tenemos un número creciente de procesos. La ley comienza con muy pocos en 2006, pero diría que el promedio en los últimos años ha estado en cerca de 250 procesos. En la actualidad hemos visto un decaimiento de los trámites, porque el año pasado hubo 210, y en este año a penas hemos tenido 161. 

 De las compañías que pidieron entrar a proceso de reorganización, ¿cuántas han logrado salvarse?
Tenemos estadísticas que muestran que la mayoría de las compañías que entran en procesos de reorganización logran salir exitosamente y hacer un acuerdo con sus acreedores. La cifra está cercana a 60%. Más o menos 40% de las sociedades no logran salir exitosamente de este trámite y terminan iniciando un proceso de liquidación judicial. El llamado a los empresarios que están en crisis es que acudan a él. Hemos empezado a reducir los costos del trámite. Por ejemplo, en las compañías grandes no estamos nombrando auxiliares de la justicia que implican un costo muy grande, de manera que sea mucho más barato el acceso.

 ¿Qué tan fácil es que la empresa pueda reorganizarse y no sea liquidada? 
Todo va a depender de cuál sea la situación del pasivo y cuál sea su posibilidad de flujos de caja. Normalmente, quien entra a reorganización es porque considera que puede salir adelante. A veces hay situaciones en las que la gente utiliza el mecanismo para llegar al trámite liquidatorio, pero quien entra a un proceso de insolvencia es porque tiene un plan de negocios, un plan que le permitirá salir exitosamente del proceso y poder renegociar con los acreedores sus deudas y tener plazos de gracia.

¿Ustedes asesoran a la empresa en el plan de pagos o solo verifican su cumplimiento?
Es un procedimiento privado en el que el deudor negocia directamente con sus acreedores. A veces lo hace con un promotor, que es un auxiliar de justicia designado por la Superintendencia o a veces lo hace el propio representante legal. Nosotros estamos prestos a dar algún consejo pero no concretamente en aspectos tan privados.

¿La negociación se hace uno a uno, o cómo debe funcionar?
Esto depende del caso. Hay compañías que tienen pocos acreedores grandes, entonces tienen la posibilidad de hacer negociaciones individuales. Otros tienen un gran número de proveedores y prefieren hacer grupos generales. Eso nos lleva a una propuesta normativa que queremos formular en 2016, para reformar la ley 1116  y restablecer un órgano como es el Comité de Acreedores,  porque con él se podrían hacer más viables los procesos de negociación. 

¿Cuáles son las razones que no permitieron a las empresas salir de la reestructuración?
Hay muchos análisis y cada compañía es un universo específico. Lo que suele ocurrir es que se hace un  acuerdo demasiado apretado, por ejemplo en los términos de pago y la compañía no genera los flujos de caja suficientes para cubrir las obligaciones. El negocio no resulta exitoso; la administración puede ser deficiente; el capital de trabajo es insuficiente para atender las necesidades de caja que la compañía tiene, y eso lleva a un deterioro progresivo de una empresa y en esa medida tiene que pedir la liquidación.

¿Hasta qué punto la Supersociedades investiga las denuncias de los proveedores?
Es un procedimiento que está  en la ley, nosotros tenemos facultades de fiscalización. Sin embargo en Colombia hay 750.000 sociedades inspeccionadas por nosotros, lo cual habla bien de la robustez del empresariado colombiano. La investigación la empezamos cuando hay quejas y se presenta alguna dificultad. Algunos casos recientes lo demuestran. Con Prebuild, por ejemplo, la Superintendencia empezó a pedir información cuando detectó que había dificultades y posteriormente vino el proceso de reorganización. El instrumento más idóneo dentro del proceso de reorganización es cuando se califican los créditos, porque en ese momento se establece cuánto dinero debe y en cuáles categorías. Y en ese momento cada acreedor puede objetar el listado. Ahora, cualquier irregularidad en una compañía es susceptible de investigación y el llamado es si hay un problema con una compañía acudan a nosotros. 

¿Cuál es el tiempo límite para que una empresa realice el proceso de reorganización? 
Nosotros tenemos un estimado de un año entre el momento en que se admite el procedimiento y el momento en el que se hace el acuerdo definitivo para que la compañía salga adelante.

¿Qué tan difícil es que una empresa logre sanar sus finanzas a través de la Ley 1116?
Debe lograr el consenso de los acreedores y eso obedece, en ocasiones, a circunstancias ajenas a la viabilidad del negocio, pero la ley trae los instrumentos necesarios para hacerlo. 

¿Cuáles empresas están a punto de terminar su proceso?
Tenemos varias compañías que han logrado acuerdos recientemente ya hay una programación permanente de audiencias y en ellas se logra un acuerdo. El Fondo Ganadero del Meta está próximo a llegar a un acuerdo con los acreedores, creo que la audiencia ya fue convocada.

 ¿Cuál es la responsabilidad que tienen los accionistas de una compañía en el momento de entrar a reorganización? 
Las compañías son de riesgo limitado, es decir, que los accionistas y socios solamente responden hasta el monto de capital que han aportado. Su responsabilidad no se extiende a las obligaciones de la compañía. Sin embargo, hay excepciones que la misma ley 1116 y la ley 1258 establecen en virtud de las cuales los acreedores pueden pedir que se ‘descorra el velo de la sociedad’ para poder alcanzar a quienes están detrás que son los socios y hacerlos responsables por las obligaciones de la compañía, pero ese mecanismo es excepcional.

¿Cómo debe ser el proceso de Conalvías para que salga de reorganización?
Es un proceso de gran importancia donde hay $1,3 billones de activos y más de $900.000 millones de pasivos. Hay una situación y es que esta empresa tiene concesiones de obras públicas y por eso se convierte en un caso de interés nacional. Según los datos de la compañía hay vinculados 4.000 empleados directos y otros 4.000 en indirectos. Será crucial cómo se lleve la negociación, porque un componente importante es que el pasivo es financiero, entonces las entidades bancarias tendrán un papel preponderante en la negociación de este trámite. 

¿Cuáles son los cinco procesos de reorganización que más le preocupan?
Yo diría que Interbolsa, Fondo Premium, Conalvías, Friogán, Prebuild y CDO.

¿Cómo va Friogán?
En ese caso designamos a Pablo Muñoz. Esta es una sociedad que tiene dificultades financieras importantes, tiene una deuda con los bancos cercana a $70.000 millones y naturalmente tiene que entrar en una negociación, pero con esa carga financiera, su capacidad de atender el negocio es muy limitada.

¿Cómo va este proceso de Interbolsa y el Fondo Premium?
En este caso tenemos tres entidades distintas. La primera es Interbolsa Sociedad Comisionista que es liquidada por Fogafin, y ahí se han comprometido a llegar al término de un proceso muy breve. El segundo caso es el de Interbolsa S.A., que es la holding del grupo liquidado por la Supersociedades, nos informaron que el proceso está a punto de culminar, que está solo pendiente un trámite que debe cumplirse ante la justicia de Luxemburgo. El tercer caso es el del Fondo Premium que tiene 45 entidades y la información más reciente es que se viene avanzando en el avalúo de los bienes. Ya se designó a una firma para que haga el avalúo de Archie’s, de manera que se pueda comenzar con el proceso de venta correspondiente.

El perfil 
Francisco Reyes Villamizar es abogado de la Universidad Javeriana. Tiene un máster en Leyes de la Universidad de Miami y un PhD en Derecho de la Universidad de Tiburg (Holanda). Además tiene un grado en Lengua y Cultura Portuguesa en la Universidad de Lisboa. Ha sido profesor visitante en universidades de Estados Unidos, Francia, Angola, Suiza, Holanda, México y Argentina.

Es miembro de la Academia Internacional de Derecho Comercial.  Su trayectoria le permitió participar como coordinador del Ministerio de Justicia para la reforma al Código de Comercio Colombiano.

Las opiniones

Hernán Ruíz
Socio de hernán ruíz & abogados
“La Ley 1116 realmente es un salvamento a las empresas porque les permite organizar sus deudas y saber con qué bienes puede responder”.

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