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martes, 22 de marzo de 2016

Si el jurisconsulto se siente especialmente inclinado a darle un manto pseudocientífico al vaticinio dirá, según su trayectoria y olfato profesional, que hay alternativamente un elegante “25%”, “50%” o “75%” de “probabilidad”, imitando el libreto de algún meteorólogo televisivo. El destinatario de la respuesta se queda casi siempre con la impresión, más o menos confiada, de haber consultado el horóscopo.

Pero ¿podría verdaderamente dejar de entrecomillarse la científica “probabilidad” al hablar del resultado de la decisión judicial?, ¿qué haría falta para hacer más objetiva la decisión sobre adelantar una disputa y aún, para anticipar lo que un cierto juez, árbitro o superintendente opinará, en derecho, sobre ella? 

En algunos países, servicios de análisis de datos jurisprudenciales dedican esfuerzos técnicos y herramientas estadísticas e informáticas para dar respuesta sobre las posibilidades de éxito de una pretensión llevada ante la corte de cierto juez, por cierto abogado, así como sobre la probable extensión y costo en horas de trabajo, entre otros aspectos críticos de un proceso. 

Esotéricos  emprendimientos como “www.lexmachina.com” o “www.Premonition.ai” desconciertan con su capacidad para utilizar información pública sobre el comportamiento de la judicatura y apostar técnicamente por el desenlace de una causa. 

Con algo de teatralidad e inquietante consistencia, estos analistas se anuncian como albor de inteligencia artificial jurídica, una que, en el futuro, aleccionada por la experiencia de los datos históricos recogidos, más que predecir, seleccione un remedio legal.  

Reconociendo su magín e inventiva,  vale observar que los hacedores de herramientas como estas gozan en su entorno de condiciones que entendemos propicias.

En primer lugar acceso a estadísticas oficiales públicas, periódicas y completas del comportamiento de despachos judiciales; segundo, tolerancia al escrutinio de la actuación judicial y la abogacía; tercero, acceso amplio, ordenado y estandarizado a providencias judiciales; cuarto, aceptación y avidez del gremio jurista por la aplicación de criterios ingenieriles al derecho y cinco, una cantidad suficiente, calificada y tecnológicamente armada de esa raza de tecnologistas legistas (Oficiales de Innovación Jurídica, Legal Project Managers, Legal Knowledge Managers, Gerentes de Investigación Legal, “Legal Hackers”, etc.)  que vienen surgiendo entre abogados, informáticos, comunicadores, diseñadores y más, virtuosamente interdisciplinarios.

¿Son tan extrañas esas condiciones entre nosotros?, imaginar, trasplantada al país, la auténtica predictibilidad de la controversia judicial tiene un potente prospecto cuando se trata de impulsar la prevención de la litigiosidad, la confianza en la judicatura y la abogacía, la calidad gerencial del servicio de justicia, las formas avanzadas de servicios legales, e incluso, la quimérica seguridad jurídica.