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  • Nayarín Sanaray Rojas

jueves, 26 de noviembre de 2015

El pasado 4 de noviembre de 2015 el Gobierno Nacional en cabeza de los Ministros Mauricio Cárdenas y Cecilia Álvarez se radicó el Proyecto de Ley 152 de 2015, el cual tiene como objetivo principal, equiparar las condiciones de los licores destilados de origen nacional y extranjero, un tema abordado en varias oportunidades sin éxito.

¿Cuál es la propuesta de este proyecto de ley?

La propuesta del Gobierno consiste en compensar las cargas impositivas de los licores destilados de origen Nacional y extranjeros y regular los términos de suscripción de contratos sobre introducción y producción de licores destilados. 

¿Qué le espera al Monopolio Rentístico de Licores destilados ejercido por los Departamentos?

Una competencia para la cual no están preparadas las Empresas de Licores del país y que las llamará a su extinción, cada día los departamentos que ejercen el Monopolio Rentístico obtienen menos recursos provenientes de ventas generadas de sus propios productos.

Entonces la ecuación para el sostenimiento del Monopolio Rentístico y por supuesto la principal lucha de los Departamentos consiste en no permitir que esta brecha disminuya demasiado, pues al reducir la carga impositiva de licores importados, estos bajarán sus precios, mientras que al incrementar la misma carga de los licores nacionales, estos tendrán que subirlos, así la diferencia de precios entre nacionales e importados se reducirá, y la competencia en el mercando es imposible de sostener para los departamentos que ejercen Monopolio. 

La razón del Monopolio Rentístico, obedece a una situación del mercado, y que esta condición es la que se debe proteger, pues fue la misma razón que motivó al Gobierno Nacional en su momento a hablar de Monopolios Rentísticos que generarán recursos con destinación específica para la financiación de carteras sensibles en los departamentos, como lo son salud y deporte. 

¿Qué implica un Monopolio Rentístico?

El ejercicio de un Monopolio Rentístico implica ofrecer ventajas competitivas para posicionar y vender un producto específico. Es por esto que equiparar las condiciones, implica que los monopolios se vayan opacando y terminen por extinguirse, como ha venido ocurriendo con la mayoría de estas Empresas de Licores que ejercían el Monopolio Rentístico de Licores.  

¿Cuál es la modificación más importante del proyecto de ley? 

Destacamos tres propuestas: 

1. Determinar condiciones específicas para la suscripción de contratos de producción e introducción de bebidas destiladas (razonable). 

2. Modifica la base gravable del Impuesto al Consumo de licores, vinos, aperitivos y similares, que actualmente se determina de acuerdo a los grados alcoholimétricos, dividiéndolas en dos categorías, las que contenían menos de 35° de alcohol y las que contenían más de 35°. La propuesta del proyecto de ley es que tengan una base gravable mixta compuesta por un: 

• Componente específico: Volumen de alcohol del producto en grados alcoholimétricos.

• Componente ad valorem: Precio de venta al público por unidad de 750 cc.  

3. Modifica la tarifa del Impuesto al Consumo de licores, vinos, aperitivos y similares, la cual varía sustancialmente de los licores que contienen menos de 35° y más de 35° de alcohol, proponiendo una tarifa mixta, la cual determina el valor de cada grado alcoholimétrico en $200, independiente de los grados de alcohol que contenga la bebida alcohólica, en el componente específico. 

Y en cuanto al componente ad valorem propone 25% sobre el precio de venta al público certificado por el Dane, sin incluir gravámenes. 

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